REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 01 de julio de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 07740
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: YURAIMA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.654.768.
DEMANDADO: JOSE JUVENAL SANCHEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-10.108.915.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, lunes 01/07/2013, presentes los ciudadanos YURAIMA RIVAS y JOSE JUVENAL SANCHEZ SANCHEZ, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención en beneficio de la niña y adolescente OMITIR NOMBRES, de 9 y 16 años de edad, en los siguientes términos: El padre, ciudadano JOSE JUVENAL SANCHEZ SANCHEZ fija la obligación de manutención en SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00), mensuales. Así mismo fija los Bonos especiales, en el mes de agosto en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) y en el mes de Diciembre en la cantidad de MIL QUININETOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00). Cantidades que serán depositadas en la cuenta de corriente Nº 0104-0116-0501-16019930 del Banco Venezolano de Crédito, a nombre de la madre. En cuanto a los gastos extraordinarios serán compartidos por ambos padres en un cincuenta por ciento (50%) cada uno. Las cantidades fijadas tendrán un aumento automático y proporcional del 20% anual. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos YURAIMA RIVAS y JOSE JUVENAL SANCHEZ SANCHEZ, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ------------------
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ