REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Juez Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación.

Mérida, (26) de julio de 2013.

203º y 154 º

Asunto Nro. 8302
Visto el anterior CONVENIMIENTO DE HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por las abogadas EDDYLEIBA BALZA PEREZ y NANCY JUDITH QUINTERO CARRERO, en su carácter de Fiscal Provisorio y Auxiliar (I) de la Fiscalía Noveno del Ministerio Publico para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Mérida. A solicitud de los ciudadanos JOSE YENDI MARQUEZ PEÑA y MARIA ANDREINA PEREZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-18.965.078 y V-20.431.474, respectivamente, en su condición de padres de la niña OMITIR NOMBRE, de diez (10) meses de nacida. La admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser el mismo contrario al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En ese sentido y habiéndose revisados todos los términos expuestos en dicho convenio, en el cual los padres identificados anteriormente acuerdan: FIJAR UN REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: El padre: propuso compartir con su hija entre semana, la recogerá el día martes de cada semana en la sede del Comando de la Policía de la Humbolt, Estado Mérida, a las 6:00 pm y la retornara al mismo lugar el día miércoles de la misma semana a las 7:30 pm que será entregara y recibida por la madre. Los fines de semana la recogerá en el mismo lugar antes indicado el día sábado de cada semana a las 9:00 am y la retornara el mismo día y lugar a las 6:00 pm y los días domingo cada quince días la recogerá en el mismo sitio lugar a las 10:00 am y la retornara a las 6:00 pm. En navidad compartirá con la niña la semana del 24 de diciembre y corresponderá a la madre la semana del 31 de diciembre al año siguiente alterno. En carnaval y semana santa un día de asueto con cada progenitor. El día del padre y de la madre con el progenitor respectivo, este año 2013. El día del niño la madre compartirá con la niña y el cumpleaños con el padre y al año siguiente alterno. La madre manifestó estar de acuerdo con lo propuesto por el padre de su hija; en consecuencia, la Juez Titular Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, les imparte su aprobación y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado JOSE YENDI MARQUEZ PEÑA y MARIA ANDREINA PEREZ ZAMBRANO, ut supra identificados, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídase por Secretaría copia certificada del escrito de solicitud del convencimiento suscrito por las partes y de la presente decisión. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.----------------------------------

LA JUEZ


ABG. DOANA RIVERA HERRERA


EL SECRETARIO TEMPORAL


ABG. JESUS ALEXANDER ARAQUE


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado del auto anterior.-

EL SRIO.



Exp. Nº 8302
Cherald.-