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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de La
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio
 203° y 154°
 ASUNTO: AP51-V-2012-012487
 DEMANDANTE: ALEJANDRA EDDY ROMERO ORTEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.545.290, debidamente representada por sus apoderados judiciales Abg. BENITO MARTINEZ PERNIA y ALBERTO ABACHE BLANCO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 51.368 y Nº 68.411, respectivamente.
 DEMANDADO: ELIZAUL DE JESUS ZABALA APONTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-10.483.655, debidamente representado por su apoderada judicial Abg. HELEN COROMOTO CARACAS VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.909.
 FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO: RAMON ALEJANDRO LISCANO, Fiscal Centésimo Sexto (106°) del Área Metropolitana de Caracas.
 JOVEN: SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LOPNNA
 MOTIVO: REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
 
 Vista la anterior diligencia suscrita por los abogados HELEN CARACAS y BENITO MARTINEZ, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nos. 68.909 y 51.368, respectivamente; la primera actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y el segundo en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; en la cual solicitan:
 
 “…en virtud de que ya han trascurrido los diez (10) días continuos y las partes se encuentran en etapa de negociación y por lo cual solicitamos a este Tribunal que se suspenda la causa por diez días hábiles (despacho)…”
 
 En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN, a dicho convenio en cada una de sus partes, SUSPENDIENDO LA CAUSA por un lapso de diez días de despacho, contados a partir del primer día siguiente al de hoy, conforme a lo previsto en el parágrafo segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil.
 
 REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
 Dado, firmado y sellado en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los ocho (08) días del mes de Julio de dos mil trece (2013). Año 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
 LA JUEZ,
 
 BETILDE ARAQUE GRANADILLO
 
 EL SECRETARIO,
 
 ENDER PEREZ
 
 En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
 
 EL SECRETARIO,
 
 ENDER PEREZ
 BAG/EP/Johan Arrechedera
 AP51-V-2012-012487
 
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