REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, veintinueve de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: KP02-V-2013-001794
DEMANDANTE: YEISI CAROLINA VIEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.351.768.
ASISTIDO POR: Abg. MARIA JOSE FERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Decimaséptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
DEMANDADO: JHON ALBERTO BRACAMONTE JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.749.912.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES* BRACAMONTE, de tres (03) años de edad.
MOTIVO: Declaración de terminado el procedimiento de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 18 de junio de 2.013, la ciudadana YEISI CAROLINA VIEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.351.768, asistido por la Abg. MARIA JOSE FERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Decimaséptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en beneficio de su hija ALEXANDRA CAROLINA BRACAMONTE, de tres (03) años de edad, presentó demanda por Revisión de Obligación de Manutención, en contra del ciudadano JHON ALBERTO BRACAMONTE JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.749.912, acompañó la presente causa con copia simple de la partida de nacimiento de la beneficiaria y copias del acuerdo de homologación.
En fecha 20 de junio de 2.013, se admite la demanda y se ordena la notificación al demandado.
Riela al folio 15 la consignación de la boleta de notificación debidamente firmada por la ciudadana LIBIA JIMENEZ.
En fecha 15 de julio de 2013, La Suscrita Secretaria del Tribunal hace constar: Que en fecha 01 DE JULIO DEL 2013 el ciudadano JHON ALBERTO BRACAMONTE JIMENEZ, fue debidamente notificado.
En fecha 16 de julio de 2.013, se dicta auto en el cual se fija Audiencia Preliminar en Fase de Mediación.
En fecha 29 de julio de 2.013, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en Fase de Mediación, se dejó constancia que ninguna de las partes en juicio comparecieron a la referida audiencia, por lo que la Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Abg. Lisbeth Leal Agüero, en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el procedimiento. Y ASI SE DECLARA.
DECISION
En virtud de lo antes expuesto conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en consecuencia procede en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a Declarar Desistido el procedimiento de Revisión de Obligación de Manutención incoado por la ciudadana YEISI CAROLINA VIEZ RODRIGUEZ, en contra del ciudadano JHON ALBERTO BRACAMONTE JIMENEZ, ambos identificados en autos, se declara Extinguida la Instancia, pudiendo el demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dese por terminado en el sistema Juris.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los veintinueve (29) días del mes de Julio de dos mil trece (2.013).
LA JUEZ TERCERA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN,
ABG. LISBETH LEAL AGÜERO
LA SECRETARIA,
ABG. CRISMAR INFANTE
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1937-2013 y se publicó siendo las 05:03 p. m.
LA SECRETARIA,
ABG. CRISMAR INFANTE
LLA/CI/Jheicy.-
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