PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare
Guanare, 23 de julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO: PP01-J-2013-000739
SOLICITANTE: YONATHAN ALEXANDER PEREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.514.854.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS.
En el día de hoy 23-07-2013, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa para la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar Única establecida en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el presente asunto de Jurisdicción Voluntaria con motivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, se deja constancia de la comparecencia personal del ciudadano: YONATHAN ALEXANDER PEREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.514.854, en su condición de solicitante. De igual manera, se hace constar que se encuentran presentes las ciudadanas MARIA YULEIMA ARELLANO ZAMBRANO y MARTHA LAURA MALAVE, venezolanas, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 17.678.560 y 11.210.229 respectivamente; en su condiciones de testigos. Acto seguido, se da inicio a la Audiencia, procediendo la ciudadana Jueza a explicar a los presentes en qué consiste la misma. Seguidamente la ciudadana Jueza tomó el juramento de Ley a los testigos comparecientes y procedió a la evacuación de los mismos; Primero, ciudadana MARIA YULEIMA ARELLANO ZAMBRANO, identificada ut supra, y leídoles los generales de Ley referente al testigo, manifestó no tener ningún impedimento alguno para declarar. Al particular PRIMERO: ¿Diga el Testigo si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación a mi y al niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley y desde hace cuanto tiempo? contestó: “Si lo conozco desde hace 04 años y al niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley desde el mismo tiempo”. Al particular SEGUNDO: ¿Diga el Testigo si, por ese conocimiento que dice tener, sabe y le consta que el niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , tiene 04 años de edad? contestó: “Si me consta que el niño tiene 04 años”. Al particular TERCERO: ¿Diga el testigo si por ese conocimiento que de nosotros dice tener, sabe y le consta que el que el niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , vive conmigo, desde hace diez (10) años, ya que es hijo de mi concubina ciudadana MARLYN NAILETH PEREZ? contestó: “Si es correcto el niño vive con el ciudadano YONATHAN desde muy pequeño”. Al particular CUARTO: ¿Diga el Testigo si sabe y le consta que el trato que le doy al niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , es de verdadero padre, brindándole asistencia material, vigilancia y orientación moral y educativa, haciendo correcciones adecuadas a su edad, desarrollo físico y mental?. Contesto: “Si es correcto el trato que le da el ciudadano YONATHAN le brinda un trato como verdadero padre, no hace diferencia entre su hijo y el niño MOISES”. Al particular QUINTO: ¿Diga el testigo si por ese conocimiento que de mi dice tener, sabe y le consta que soy yo quien ejerce la Responsabilidad de Crianza del niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , en consecuencia, soy quien costea los gastos de alimentación, vestido, recreación, atención médica y medicina ya que su madre esta desempleada?. Contesto: “Si me consta que el ciudadano YONATHAN es quien costea todos los gastos del niño y quien ejerce la Responsabilidad de Crianza”. Al particular SEXTO: ¿Qué los testigos fundamenten la razón de sus dichos?. Contesto “Me consta porque soy vecino de ellos y amigos”. Segundo, ciudadana MARTHA LAURA MALAVE, identificada ut supra, y leídoles los generales de Ley referentes al testigo, manifestó no tener ningún impedimento alguno para declarar. Al particular PRIMERO: ¿Diga el Testigo si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación a mi y al niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley y desde hace cuanto tiempo? contestó: “Si los conozco desde hace 04 años y al niño desde que nació”. Al particular SEGUNDO: ¿Diga el Testigo si, por ese conocimiento que dice tener, sabe y le consta que el niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , tiene 04 años de edad? contestó: “Si es correcto el niño tiene 04 años y esta por cumplir los 05 años”. Al particular TERCERO: ¿Diga el testigo si por ese conocimiento que de nosotros dice tener, sabe y le consta que el que el niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , vive conmigo, desde hace diez (10) años, ya que es hijo de mi concubina ciudadana MARLYN NAILETH PEREZ? contestó: “Si es correcto el niño vive con el desde pequeñito ya que la mama del niño vive con el referido ciudadano”. Al particular CUARTO: ¿Diga el Testigo si sabe y le consta que el trato que le doy al niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , es de verdadero padre, brindándole asistencia material, vigilancia y orientación moral y educativa, haciendo correcciones adecuadas a su edad, desarrollo físico y mental?. Contesto: “Si me consta que el ciudadano YONATHAN trata muy bien al niño MOISES DAVID”. Al particular QUINTO: ¿Diga el testigo si por ese conocimiento que de mi dice tener, sabe y le consta que soy yo quien ejerce la Responsabilidad de Crianza del niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , en consecuencia, soy quien costea los gastos de alimentación, vestido, recreación, atención médica y medicina ya que su madre esta desempleada?. Contesto: “Si me consta que el cubre todos los gastos y que además se responsabiliza por el niño”. Al particular SEXTO: ¿Qué los testigos fundamenten la razón de sus dichos?. Contesto “porque los conozco y soy amiga de ellos”. Instruidas como han sido los anteriores diligencias se ordena entregar los originales con sus resultas al solicitante, todo de conformidad con el articulo 517 de la LOPNNA. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución.
El Secretario, El Solicitante,
Abg. Alfredo José Oropeza S.
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Las Testigos,
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///Carlos Cedrés.-
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