REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, cuatro de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: KP02-V-2009-001205
DEMANDANTE: MARLY PASTORA AGREDA FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.307.937, y de este domicilio.
ASISTIDA POR: Abg. MARIELA VILORIA, en su carácter de Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
DEMANDADO: NELSON RAFAEL BRACHO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.979.249, y de este domicilio.
BENEFICIARIO: (Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
MOTIVO: INQUISICION DE PATERNIDAD (Extinción).
En fecha 26 de Marzo de 2.009, comparece ante este Tribunal la ciudadana MARLY PASTORA AGREDA FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.307.937, y de este domicilio, debidamente asistida por la Abg. MARIELA VILORIA, en su carácter de Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y presento demanda de Inquisición de Paternidad en beneficio de su hijo (Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contra del ciudadano NELSON RAFAEL BRACHO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.979.249, y de este domicilio.
En fecha 20 de Mayo de 2.009, se admite la presente demanda y se ordenó la citación del demandado, la práctica de la prueba heredobiológica a las partes en juicio y al beneficiario, a través del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), la publicación de un Edicto en un diario de mayor circulación regional y la notificación a la Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Riela a los folios trece y catorce (F. 13 y 14), la consignación de la boleta de notificación de la Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y a los folios quince y dieciséis (F. 15 y 16), la boleta de citación debidamente firmada por el demandado.
Seguidamente, en fecha 24 de Febrero de 2.010, comparece la representante Décima Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y consigna copia certificada del acta de defunción del demandado, debidamente expedida por el Registro Civil de la parroquia Tamaca del municipio Iribarren del estado Lara.
A los fines de decidir, esta Juzgadora pasa a realizar las siguientes consideraciones:
En el caso bajo análisis, como puede verse el demandado, ciudadano NELSON RAFAEL BRACHO HERNANDEZ, up supra señalado, falleció en fecha 03 de Febrero de 2.010, tal como se desprende del acta de defunción cursante al folio treinta y seis (F. 36), por lo que se hace necesario extinguir el presente procedimiento, por cuanto no existe objeto o materia sobre la cual decidir y ceso la controversia que origino la presente causa. Así se declara.
DECISION
En razón a los planteamientos de hechos y de derechos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, consistente en Inquisición de Paternidad, en virtud de que el mismo perdió su objeto y cesó la situación que generó la controversia entre las partes. En consecuencia queda extinguida la causa y se ordena su archivo definitivo y su remisión al archivo judicial. Se ordena devolver los documentos originales consignados en la presente causa, previa su certificación que se haga en autos.
Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los cuatro (04) días del mes de Julio de dos mil trece (2.013).
La Juez Cuarta de Mediación y Sustanciación,
Abg. Gloria del Carmen Rodríguez Olivar La Secretaria,
Abg. Hildegartt Sanoja
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 000849-2013 y se publicó siendo las 03:48 p. m.
La Secretaria,
Abg. Hildegartt Sanoja
GRO/HS/Daglys.-
KP02-V-2009-001205
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