REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 30 de julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-004803
Vista la solicitud interpuesta por la Profesional del Derecho Abogado RAUL COLMENAREZ Defensor del Acusado CARLOS RODOLÑFO FIGUEROA LOPEZ , Datos omitidos
mediante el cual solicita que se le Amplíen las presentaciones de cada 15 días a 30 días, ya que se le hace muy difícil venir cada 15 días por su trabajo.
Este Tribunal a los fines de decidir observa:
Del tenor del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se desprende el deber en que se encuentra este órgano jurisdiccional de revisar la necesidad del mantenimiento o modificación de las medidas de coerción personal impuestas:

“Artículo 264.- EXAMEN Y REVISION. El imputado podrá solicitar la revocación o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad las veces que lo considere pertinente. En todo caso el Juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres meses, y cuanto lo estime prudente las sustituirá por otras menos gravosas. La negativa del tribunal a revocar o sustituir la medida no tendrá apelación…”

Este Tribunal una vez revisado la presente causa y revisado el sistema juris 2000 evidencia que el ciudadano antes mencionado se encuentra presentándose Religiosamente ante este Tribunal cada 15 días desde el día 15 de Diciembre de 2004, fecha en la que se le Revisó la Medida de Privación de la Libertad, motivo por el cual considera este Tribunal que debe AMPLIAR la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad al Acusado CARLOS RODOLÑFO FIGUEROA LOPEZ , Datos omitidos
, y en su lugar IMPONER LAS PRESENTACIONES CADA TREINTA (30) DÍAS por ante la taquilla externa de presentación de imputados, hasta tanto concluya este Juicio y así se decide.-
DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: AMPLIA la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad al Acusado CARLOS RODOLÑFO FIGUEROA LOPEZ , Datos omitidos
y en su lugar IMPONE LAS PRESENTACIONES CADA TREINTA (30) DÍAS por ante la taquilla externa de presentación de imputados, hasta tanto concluya este Juicio. Todo conforme a lo establecido en los Artículos 236 ordinal 3º y 242 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.

EL JUEZ DE JUICIO N ° 4

El Secretario
Abg. Carlos Gabriel Torrealba Gamarra