REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 4 de julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2012-007831

Revisado el Asunto y vista la comunicación suscrita por el Fiscal Auxiliar Vigésimo Sexto del Ministerio Público del Estado Lara, en el cual expone: “ Del contenido de las actuaciones se desprende que en reiteradas oportunidades ha sido fijada por ese Tribunal Audiencia de Juicio Oral al ciudadano NELSON ALEXANDER GONZALEZ PIÑA , titular de la Cédula de Identidad Nº DATOS OMITIDOS, la cual no ha sido realizada por la incomparecencia del mismo, sin que conste en las actas procesales las resultas de su citación para la asistencia del acto. Siendo que el motivo de diferimiento es su incomparecencia, lo cual denota que el mismo no se encuentra sometido al proceso y aun así, el transcurrir del tiempo podría beneficio en detrimento de los derechos de la victima y del Estado, desconociendo esta representación Fiscal si el ciudadano esta dando cumplimiento a la Medida cautelar que le fuera impuesta por el Delito de: PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionado en el artìculo 277 DEL Código Penal .-
SEGUNDO: Revoca la decisión del Tribunal 12º de Control Extensión Carora y decreta la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano NELSON ALEXANDER GONZALEZ PIÑA , titular de la Cédula de Identidad Nº DATOS OMITIDOS a fines de darle cumplimiento a lo ordenado por la Fiscalía Vigésima Sexta del Estado Lara, es por lo que este Tribunal acatando lo ordenado, Acuerda la Aprehensión del ciudadano NELSON ALEXANDER GONZALEZ PIÑA , titular de la Cédula de Identidad Nº DATOS OMITIDOS Y así se decide.







DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Juicio Nº 4, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL, de NELSON ALEXANDER GONZALEZ PIÑA , titular de la Cédula de Identidad Nº DATOS OMITIDOS, conforme lo señalado en el artículo 250, 251, del COPP, cumpliendo lo ordenado por la Fiscalia Vigésima Sexta del Ministerio Público del Estado Lara, tal como lo señala el particular Segundo de la Dispositiva, debiéndose Ubicar al mismo por funcionarios adscritos al CICPC, GNBV Y CUALQUIER OTRO ORGANISMO POLICIAL, Aprehenderlo y ser conducido de manera inmediata al Tribunal de Juicio 4. Infórmese a la dicha Fiscalia, del Cumplimiento Ordenado. Líbrense los correspondientes Oficios, Notifíquese al Representante del Ministerio Público. Regístrese, Publíquese.

EL JUEZ CUARTO DE JUICIO

ABG. CARLOS GABRIEL TORREALBA GAMARRA EL SECRETARIO