REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2013-000482

PARTE ACTORA: JANINA CAROLINA CARMONA LAMEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.035.250.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: NO CONSTA.

PARTE DEMANDADA: MERY DSNCHEZ BOUTIQUE C.A

APODERADO JUDICIAL DE LAS DEMANDADA: RAMON GARCIA PADILLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.076.

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.


Hoy 19 de julio de 2013 siendo las 9:30 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO, la parte la actora no compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que compareció el apoderado judicial de la parte demandada RAMON GARCIA PADILLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.076. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal


Abg. Rosalux Galíndez Mujica
El Secretario
Abg. Carlos Moron



Parte demandada


El Alguacil