REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO.
203º y 154º
PARTE
DEMANDANTE: Ciudadano, FRANCISCO ANTONIO VERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.070.903.
APODERADO
JUDICIAL: Abg. CARLOS LUIS VERA SANCHEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 24.609.
PARTE
DEMANDADAS: Ciudadanos, FARLEY GUSTAVO RODRIGUEZ y WILLY WALTER ESCALANTE ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.754.858 y V-16.184.531, respectivamente.
MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS MORAL Y MATERIALES
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE: Nº 24.843
Este Tribunal por auto de fecha 01 de Julio de 2013, le dio entrada a la demanda remitida a este Tribunal mediante el oficio Nº 0452, proveniente del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, asignándole el N° 24.843, que contiene la demanda interpuesta por el abogado CARLOS LUIS VERA SANCHEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 24.609 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO VERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.070.903, por declaratoria de incompetencia en razón de la materia.
En este sentido considerado incompetente dicho Juzgado para conocer de la presente demanda; este Tribunal al examinar las actas procesales observa: que la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS MORAL Y MATERIALES, es un asunto en materia civil, la cual se sustancia por el procedimiento oral previsto en el artículo 859 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con el Artículo 150 de la Ley de Transito y Trasporte Terrestre; razón por la cual este Tribunal SE DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente demanda y ordena su continuación. Y ASÍ SE DECIDE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los Cuatro (04) días del mes de Julio de Dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.
Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario
|