JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SOLICITANTE (S): ROSSANA MARIA JURADO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.830.513, actuando en representación de su madre ROSINA GOMEZ DE JURADO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro.: V-2.424.336 y actuando en representación de su hermana, ciudadana MIGRIA JURADO GOMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.467.007, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA CHAVARRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.: 116.218.-
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES.
(PERPETUA MEMORIA)
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 6416.-
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 10 de Mayo de 2013, por la ciudadana ROSSANA MARIA JURADO GOMEZ. Distribuida la solicitud correspondió a este Juzgado el conocimiento de la misma, la cual se le dio entrada en fecha 16 de Mayo de 2013, bajo el Nro. 6416; propuesto por la ciudadana ROSSANA MARIA JURADO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro.: V-8.830.513, de este domicilio, actuando en representación de su madre ROSINA GOMEZ DE JURADO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro.: V-2.424.336 y actuando en representación de su hermana, ciudadana MIGRIA JURADO GOMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.467.007, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA CHAVARRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.: 116.218, en la cual solicita, sean declaradas en su condición de cónyuge e hijas sobrevivientes, “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, ciudadano: MIGUEL ANGEL JURADO COHEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-446.678, quien falleció ab-intestato, en fecha 08 de Marzo de 2013, según se desprende de Acta No.: 95, Tomo I, Año 2013, del Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia, Estado Carabobo. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos, HAYDEE MARIA SOTO DE GONZALEZ y ROSA LIZBETH RUIZ DE LEDEZMA, ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-4.137.341 y V-4.800.403, respectivamente, ambas de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos: ROSSANA MARIA JURADO GOMEZ, ROSINA GOMEZ DE JURADO y MIGRIA JURADO GOMEZ, ut supra identificados, “UNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES” en su condición de cónyuge e hijas sobrevivientes del de-cujus, ciudadano: MIGUEL ANGEL JURADO COHEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-446.678, quien falleció ab-intestato, en fecha 08 de Marzo de 2013, según se desprende de Acta No.: 95, Tomo I, Año 2013, del Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los Veintidós (22) día del mes de Julio del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez suplente Especial
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,
ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:30 de la Mañana.-
La Secretaria Titular,
JGRG/nrc.
Sol: 6416.-
|