REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 01 de Julio de 2013
203º y 154º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-001982.
PARTE ACTORA: RIVANNE YEMILA LIZAUZABA PEREZ.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RUBEN SALINA.
PARTE DEMANDADA: CENTRAL MADEIRENSE, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DILLA SAAB.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.
Hoy, 01 DE JULIO DE 2013, SIENDO LAS 9:45 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: la parte actora ciudadana RIVANNE YEMILA LIZAUZABA PEREZ, titular de la cédula de identidad No.13.573.501,, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, el tribunal dejo transcurrir los diez (10) minutos de espera señalado en el acta de inicio, y nuevamente se deja constancia que siendo las 9:56am, de la incomparecencia de la parte actora ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia igualmente de la presencia por la demandada CENTRAL MADEIRENSE, C.A., su apoderada judicial Abogada FRANCYS ARAUJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.142.707, según consta de instrumento acreditado en autos. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 203 ° y 154 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
La parte Compareciente.
EL SECRETARIO
ABG. ____________________
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