REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 11 de Julio de 2013
203 y 154
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2013-000334.
PARTE ACTORA: EDGAR JOSE TOVAR (No Compareció).
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: YISNETH ZERPA (No Compareció).
PARTES CO-DEMANDADAS: ADD TECH, C.A. y ALVARO RIVAS
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALVARO RIVAS.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ZIULAN NOGUERA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 11 DE JULIO DE 2013, SIENDO LAS 10:45 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: EDGAR JOSE TOVAR, titular de la Cédula de Identidad Nro.5.380.051, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, el tribunal dejo transcurrir los diez (10) minutos de espera señalado en el acta de inicio, y nuevamente se deja constancia que siendo las 10:56am, de la incomparecencia de la parte actora ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia igualmente de la presencia por la parte demandada ADD TECH, C.A., mediante su Apoderada Judicial Abogada ZIULAN NOGUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 133.704, según consta de instrumento acreditado en autos. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 203 ° y 154 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
La parte Compareciente.
EL SECRETARIO
ABG. ____________________
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