En el día de hoy, doce (12) de Junio del año dos Mil Trece (2013), siendo las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), hora y fecha fijada para llevar a cabo la práctica de Mandamiento de Ejecución, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, conformado por la abogada Ana Emilia De Simone en su condición de Jueza Provisoria y la abogada Keina Marcano, secretaria Temporal del mismo, en compañia del abogado en ejercicio Gualberto Santiago Rios e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 6.746, en su condición de parte demandante; de los Auxiliares de justicia Victor Julio Jiménez y Juan de Dios Gómez, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.300.726 y V-5.861.794, respectivamente, de la comisión Policial del Municipio Bermúdez, conformado por el Oficial agregado Salazar Gabriel, titular de la cédula de identidad Nº 17.694.736 y del Oficial “Albornot” errose Albornoz Lewis, titular de la cédula de identidad Nº 16.625.558; de los funcionarios de la Guardia Nacional Sargento Mayor de Segunda Hernández Pacheco Beltrán, titular de la cédula de identidad Nº 12.288.888 y del Sargento Segundo García Demartino Angelo, titular de la cédula de identidad Nº 18.777.826 respectivamente. Constituyéndose siendo las diez y once minutos y de la mañana (10:11 a.m.), en la siguiente dirección: Calle principal de Canchunchù viejo, vía la cantera Parroquia Santa Catalina Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a los fines de realizar la práctica de Mandamiento de Ejecución, Intimación de Honorarios Profesionales decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario, tránsito y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, sobre una vivienda rural alinderada así: NORTE: Calle principal de Canchunchù viejo; SUR: Con lote Nº 58 de la Lotificaciòn, ESTE: Con el lote Nº “5” errose 20 de la Lotificaciòn y OESTE: Con el lote Nº 10 de la Lotificaciòn; según consta de documento que le otorgara el Servicio Autónomo de Vivienda Rural ante Notaria Pública Quinta de Maracay de fecha 14 de febrero de 2002, bajo el Nº 59, tomo 42, Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el día 13 de Marzo del 2003, bajo el Nº 16 de la serie folio 76 vto al 80, Protocolo Primero, Tomo Quinto, Primer Trimestre del año 2003. Acto seguido y constituido el Juzgado en el sitio antes señalado se procede a realizar los tres (03) toques de Ley y previa solicitud del derecho de palabrada la parte actora Expone: Por cuanto la casa a Embargarse se encuentra cerrada y ninguna persona responde a los llamados de la puerta e informa un vecino que la propietaria del inmueble salió Temprano, pido al Tribunal suspenda la práctica de la Medida decretada por el día de hoy y fije nueva Oportunidad para practicarla una vez que solicite Mediante diligencia. El Juzgado Visto lo solicitado y expuesto por la parte actora suspende la práctica de Mandamiento de Ejecución- Intimación de Honorarios Profesionales y fija nueva oportunidad una vez que sea solicitada Mediante diligencia.- La secretaria da Lectura a la presente acta y el Juzgado Ordena la publicación en la página del Tribunal Supremo de Justicia del acta levantada en el día de hoy 12-06-2013, correspondiente a la comisión Nº 2050-2013, se deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Juzgado hace constar que no hubo observaciones u objeciones a la misma y cumplida como ha sido su misión acuerda su regreso a su sede natural siendo las Once y treinta minutos de la mañana (11::30 a.m.) Termino, Se leyó. Conformes firman.- La Jueza Provisoria, (fdo) ilegible Abg. Ana Emilia De Simone. Abogado Parte actora. (fdo) ilegible. Abg. Gualberto S. Rios. Auxiliares de Justicia (fdo) ilegibles. Juan De Dios Gómez. Víctor Julio Jiménez. Oficiales de la Policía del Municipio Bermúdez (fdo) ilegibles. Salazar Gabriel. Albornoz Lewis. Funcionarios de la Guardia Nacional. (fdo) ilegibles. Sarg. M.2do. Hernández P. Beltran. Sarg. 2do. García Angelo. La Secretaria Temp. (fdo) ilegible. Abg. Keina M. Marcano P.