REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, doce (12) de junio de dos mil trece (2013).

203° y 154°

Vista la diligencia estampada por el abogado EDUARDO ANTONIO LOZADA MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.381, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana XIOMARA JOSEFINA VALLEJO GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.429.720, mediante la cual desiste de la querella que interpusiera, contra el Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del estado Miranda, este Juzgado lo da por consumado, y en consecuencia homologa dicho desistimiento tengásele como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.
Remítase el expediente a la Oficina de Archivo judicial.
EL JUEZ PROVISORIO,


FERNANDO MARÍN MOSQUERA


EL SECRETARIO,


LUÍS ARMANDO SANCHEZ MAZA


















Exp. No. 007192
Jorge