REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de junio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AP11-M-2013-000459
Vista la anterior demanda y sus recaudos, presentados por los ciudadanos MARÍA CONCEPCIÓN SÁNCHEZ HERRERA, JOSÉ RAMÓN QUIJADA MARÍN y ANIBAL JOSÉ MONTENEGRO DÍAZ, mayores de edad, venezolanos, domiciliados en Caracas, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 3.982.937, V.- 3.850.915 y V.- 11.312.771, abogados en ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 21.013, 53.749 Y 74.657, respectivamente, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil BANCO DEL TESORO, C.A., BANCO UNIVERSAL, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Finanzas, como consta en Decreto Nro. 7.187, de fecha 19 de enero de 2010, según artículo 3, numeral 2, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.372, de fecha 23 de febrero de 2010, domiciliada inicialmente en la ciudad y distrito Maracaibo del Estado Zulia, inscrita en ese momento bajo el nombre de Banco Hipotecario del Lago, C.A., en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 24 de mayo de 1977, bajo el Nro. 01, Tomo 14-A, posteriormente, cambiada su denominación social por la de Banco Hipotecario Amazonas, C.A., y modificada su Acta Constitutiva Estatutaria según consta de documento inscrito en el citado Registro Mercantil, el día 19 de mayo de 1989, bajo el Nro. 16, Tomo 18-A, cambiada su denominación social por la de Banco Hipotecario Latinoamericano, C.A., según se desprende de asiento inscrito ante la ya citada Oficina de Registro Mercantil, el 07 de Octubre de 1993, bajo el Nro. 5, Tomo 5-A, con la última modificación de su Acta Constitutiva Estatutaria inscrita ante la misma Oficina de registro Mercantil el 08 de junio de 2004, bajo el Nro. 71, Tomo 27-A, cambiada su denominación social por la del Banco del Tesoro, C.A., Banco Universal, según consta de Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 02 de agosto de 2005, inscrita ante el citado Registro Mercantil, el 16 de agosto de 2005, bajo el Nro. 49, Tomo 50-A; posteriormente inscrita, por cambio de domicilio, ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 17 de agosto de 2005, bajo el Nro. 11, Tomo 120-A, modificados una vez mas sus Estatutos Sociales y refundidos en un solo texto, según consta de Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, celebrada el 30 de marzo de 2006, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 04 de julio de 2006, dejándolo inserto bajo el Nro. 32, Tomo 88-A-Pro, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el Nro. G-20005187-6, este Tribunal la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, intímese a la sociedad mercantil SAMPIERI & FORTUNATO SOCIEDAD ANÓNIMA (SAMFOR, S.A.), (anteriormente denominada Sociedad de Responsabilidad limitada SAMPIERI & FORTUNATO), domiciliada en Ciudad Ojeda, Estado Zulia, inscrita por ante el Juzgado del Municipio Cacique Mara de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03 de octubre de 1966, bajo el Nro. 12, Tomo 24, páginas 35 a la 41, transformada a Sociedad Anónima, según Acta de Asamblea General Ordinaria de Socios, celebrada en fecha 30 de noviembre de 1979, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 14 de diciembre de 1979, bajo el Nro. 14, Tomo 5-A, modificados sus Estatutos Sociales en varias oportunidades, siendo la última, la que se evidencia de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de enero de 2009, bajo el Nro. 30, Tomo 3-A e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el Nro. J-07004348-2, en la persona de su Representante, ciudadano FRANCO SAMPIERI SCHEMBRI, mayor de edad, venezolano, domiciliado en Maracaibo, Estado Zulia y titular de la cédula de identidad N° V.- 7.862.354, y a los ciudadanos FRANCESCO SAMPIERI LISTRO y MARÍA SCHEMBRI DE SAMPIERI, mayores de edad, venezolanos, casados, domiciliados en Maracaibo, Estado Zulia y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 8.700189 y V.- 10.211.238, respectivamente, para que comparezcan por ante este juzgado, ubicado en el Centro Simón Bolívar, Torre Norte, Piso 3, El Silencio, Caracas, dentro de los DIEZ (10) DÍAS de despacho siguientes a la constancia en autos de la práctica de su intimación, previo el transcurso de OCHO (08) DÍAS continuos que se le conceden como término de la distancia, entre las horas comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que apercibidos de ejecución paguen o acrediten haber pagado las cantidades de dinero especificadas en el libelo de demanda, las cuales se detallan a continuación: PRIMERO: La cantidad de TRECE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES CON 07/100 (Bs. 13.336.345,07) por concepto de capital; SEGUNDO: La cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TRES BOLÍVARES CON 24/100 (Bs. 5.836.503,24), por concepto de intereses convencionales; TERCERO: la cantidad de SETECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS BOLÍVARES CON 17/100 (Bs. 727.942,17), por concepto de intereses moratorios; CUARTO: Los intereses convencionales y moratorios que se sigan devengando hasta la efectiva cancelación de la obligación, calculados a la tasa del veintitrés por ciento (23%) y tres por ciento (3%), anual respectivamente; QUINTO: Las Costas Procesales calculadas por este Tribunal en un 25%, lo cual arroja la cantidad de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES CON 62/100 (Bs. 4.975.197,62), calculadas conforme a lo establecido en el artículo 648 del Código de Procedimiento Civil, o en su defecto formulen oposición al procedimiento de intimación, advirtiéndoles que si no pagan o formulan oposición al presente decreto de intimación, se procederá a la ejecución forzosa de dicho decreto, tal y como lo dispone el artículo 647 del Código de Procedimiento Civil. Todo ello con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÌVARES (PROCEDIMEINTO INTIMATORIO), sigue la sociedad mercantil BANCO DEL TESORO, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil SAMPIERI & FORTUNATO SOCIEDAD ANÓNIMA (SAMFOR, S.A.) y a los ciudadanos FRANCESCO SAMPIERI LISTRO y MARÍA SCHEMBRI DE SAMPIERI, cuyo procedimiento se sustancia en el expediente signado con el Nº AP11-M-2013-000459, de la nomenclatura de este Tribunal. Líbrense Boletas de intimación y entréguense a la Unidad de Actos de Comunicación quien es la encargada de practicar dicha intimaciones. CÚMPLASE.-

El Juez

Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
El Secretario Accidental

Abg. Luis Eduardo Rodriguez


En esta misma fecha se insta a la parte interesada a consignar los fotostatos correspondientes a los fines de librar las respectivas boletas de intimación.-

El Secretario Accidental

Abg. Luis Eduardo Rodriguez


Hora de Emisión: 10:59 AM
Asistente que realizo la actuación: ga