REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTI, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecinueve (19) de junio de 2013
203º y 154º
Vista la diligencia de fecha 19.06.2013, presentada por el abogado RICARDO DE ARMAS MASSAGUER, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.795, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita copia certificada del escrito libelar que riela en la primer pieza desde el folio dos (2), hasta el folio cuarenta y cuatro (44), ambos inclusive; del auto de admisión de la demanda el cual se encuentra en la primer pieza, en los folios doscientos doce (212) y doscientos trece (213); de la boleta de citación, la cual corre en la primer pieza, en el folio doscientos setenta y uno (271); de la contestación de la demanda, que riela en la primer pieza, en los folios, desde el doscientos ochenta y ocho (288), hasta el doscientos noventa y ocho (298), ambos inclusive; y, de la sentencia proferida por el aquo, de fecha 10.12.2012, encontrándose en la segunda pieza, en los folios, desde el trescientos treinta y cuatro (334) hasta el trescientos cincuenta y uno (351), ambos inclusive. Este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir copias certificadas de lo antes señalado, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS DOMINGO MATA
Exp Nº AP71-R-2013-000061
VJGJ/RDM/lg