REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 27 de junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2013-007249
FUNDAMENTACION DE MEDIDA CAUTELAR

Celebrada como fuera la audiencia oral convocada de conformidad con lo establecido en el Art. 373 del COPP, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 7, emite el siguiente pronunciamiento:

1.- IMPUTACION FISCAL. “Esta representación del Ministerio Publico, en razón de la sentencia 1381, con carácter vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Francisco carrasqueño, de fecha 30/10/2009, procedo a realizar en este acto, formal imputación al ciudadano: JESUS JAVIER COLMENAREZ OJEDA, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.137.582 por el Delito de: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código penal, LESIONES CULPOSAS previsto en el artículo 420 en concordancia con el artículo 415 y DAÑOS VIOLENTOS A LA PROPIEDAD PUBLICA previsto en el artículo 474 primer aparte, consigno en este acto copias fotostáticas de los fundamentos de la imputación fiscal. Solicitando en esta oportunidad que se continué la causa por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL MUNICIPAL, conforme al Art. 354 de COPP, consigna en este acto recaudos. Es todo
“Esta representación del Ministerio Publico, en razón de la sentencia

2.- DECLARACION DEL IMPUTADOS: JESUS JAVIER COLMENAREZ OJEDA, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.137.582 impuesto del precepto contenido en el Artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los generales de ley, manifestando: “yo me dirigía en la calle 49 iba hablando por teléfono porque tenia un camión accidentado iba a agarrar la calle 54 y alli me paran y me dan la voz de alto y me estaciono alli hay un semáforo que tiene cámaras, el funcionario me apunta y me bajo del carro, ellos me dicen que me venían persiguiendo y si es verdad que yo venia hablando por teléfono, me pidieron una cantidad de dinero para darles y llego otra patrulla y me dejaron detenido y el choque que muestra el carro tiene mas de dos meses y ya lo metí al seguro y tiene fotos el seguro de eso. Es todo. A PREGUNTAS DE LA FISCALIA RESPONDE: yo estaba hablando con el chofer y me dirigía con un cheque del provincial para sacar el camión el cheque quedo en blanco en mi camioneta y los funcionarios se llevaron la camioneta con el cheque y quiero saber que pasa con eso, en ningún momento choque con los funcionarios. APREGUNATS DE LA DEFENSA RESPONDE: yo soy comerciante alquilo lavadoras, la camara esta en la calle 54 con avenida libertador alli hay camara y el ministerio publico puede ver ese video, yo estaba en la cola del semáforo y como lo voy a chocar lo mas lógico era que llamaran a una ambulancia o a transito si lo hubiese chocado lo tumbo, los funcionarios me pidieron dinero me dicen que me van a cuadrar, que vamos a hablar, me dicen que yo no les hacia caso, me pidieron 5mil bolívares para dejarme ir, si me trataron de detener porque venia hablando por teléfono supongo que me detienen por eso, no vi ningún radio en el procedimiento, primero llego un funcionario y me apunto y de inmediato me baje de la camioneta el otro funcionario llego alterado ofreciéndome golpes y yo le dije que conocía a un comisario y que yo necesitaba llamar a mi abogado porque el me ofreció golpes alli mismo.-
3.- ALEGATOS DE LA DEFENSA. ““entendiendo que estamos en un procedimiento especial dados los tipos penales que se le atribuyen a mi defendido, esta defensa se opone a las calificaciones jurídicas atribuibles a mi defendido en virtud de que no ha cometido delito alguno, siendo lo que aquí se precia una única falta de tipo administrativa que a todo evento generaría únicamente una multa por el empleo de un teléfono celular mientras conducía su vehiculo esta claro con la exposición y el interrogatorio que es una versión incierta de la policía y se le llevaran al ministerio publico los planteamientos necesarios durante la fase de investigación para que quede demostrado que no ha cometido ninguno de los tipos penales que se le atribuye, en tal sentido solicito se le otorgue la libertad plena mi defendido y en ultima instancia que sea acordada la medida prevista en el numeral 9º del articulo 242 del COPP referida a la presentación cada vez que sea citado o cuanto lo estimen necesario. Es todo
Por su parte la defensa expuso a favor de su representado los siguientes
4.- DECISION. OÍDA LA EXPOSICIÓN DE LAS PARTES Y SUS ALEGATOS, ESTE Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 2 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:
PRIMERO: Considera esta Juzgadora que de las actuaciones que presente el Ministerio Publico en los cuales pretende precalificar los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código penal, LESIONES CULPOSAS previsto en el artículo 420 en concordancia con el artículo 415 y DAÑOS VIOLENTOS A LA PROPIEDAD PUBLICA previsto en el artículo 474 primer aparte de dichas actuaciones no se desprende la comisión de ninguno de estos delitos, pues de las mismas se desprende que el imputado solo cometió una falta establecida en el reglamento de la ley de transito como lo es pasar con la Luz roja y el hecho de ir hablando por teléfono y ambos casos no configuran ningún tipo penal, es de aclarar que el código penal esta divido en delitos y faltas y en este caso estamos frente a una falta. Es por lo que nos e admite la calificación del Ministerio público y se decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano SEGUNDO: SE ordena oficiar A la fiscalia de Derechos fundamentales remitiendo copia certificada del presente asunto para que apertura averiguación penal a los funcionarios CASTILLO ANDERSON CI 21459772 RANDY GOMEZ CI 19884731 y el OFICIAL PEREZ YONATHAN CI 19348001 adscritos al Cuerpo de seguridad y Orden público del Estado Lara en el Centro de Coordinación metropolitano


Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Barquisimeto

M.Sc. Marisol López González

El Secretario