Quíbor, 18 de Junio de 2013
203° y 154°
EXP. N° 3224.

PARTES: YEPEZ HERNANDEZ MARIO
C.I. N° V-2.541.556.
ABOGADA ASISTENTE: GABRIELA MEDINA,
I.P.S.A. 177.364.

LINEA LOS HUMOCAROS C.A.
(DE ADMINISTRACION OBRERA)

MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS (TRANSITO)

Visto el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por el Ciudadano: MARIO YEPEZ HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-2.541.556, parte Demandante en el presente Juicio, asistido por la abogada: GABRIELA MEDINA, I. P. S .A, Nº 177.364, mediante diligencia inserta al folio Veintinueve (29), por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el Acto y procede como sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, e imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial del Estado Lara en su oportunidad.
LA JUEZA


DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE


LA SECRETARIA SUPLENTE


ABOG. LILIBETH FIGUEROA


Exp. N° 3224.-
YRGD/LF/zuly