REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 10 de Junio de 2013
203° y 154°

SOLICITANTE: ALFARO COLMENAREZ MAGDYS JOSEFINA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.896.914 actuando en nombre propio y en representación de las ciudadanas JUANA DIOSELINA COLMENAREZ LUQUEZ, MARGEGLYS EUCAWUA ALFARO COLMENAREZ y MAGDELYS EGLEE ALFARO DE PEREZ venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- V-5.254.461, V-12.565.160 y V-18.411.131 respectivamente, debidamente asistidas por la abogada YELITZA JOSE PEÑA ALZURUTT, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.558 y de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 7400

En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 22 de abril de 2013, suscrita por el ciudadano ALFARO COLMENAREZ MAGDYS JOSEFINA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.896.914 actuando en nombre propio y en representación de las ciudadanas JUANA DIOSELINA COLMENAREZ LUQUEZ, MARGEGLYS EUCAWUA ALFARO COLMENAREZ y MAGDELYS EGLEE ALFARO DE PEREZ venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- V-5.254.461, V-12.565.160 y V-18.411.131 respectivamente, debidamente asistidas por la abogada YELITZA JOSE PEÑA ALZURUTT, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.558 y de este domicilio en su condición de esposa e hijas del De-Cujus RAIMUNDO ARISTOBULO ALFARO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.218.315, y que falleció ab-intestato el día 01 de Febrero del 2013, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovidos por la mencionada ciudadana, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a las ciudadanas JUANA DIOSELINA COLMENAREZ LUQUEZ, MARGEGLYS EUCAWUA ALFARO COLMENAREZ , MAGDELYS EGLEE ALFARO DE PEREZ y MAGDYS JOSEFINA ALFARO COLMENAREZ venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.254.461, V-12.565.160, V-18.411.131 y V-16.896.914 respectivamente, en su condición de esposa e hijas del De-Cujus RAIMUNDO ARISTOBULO ALFARO y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a la solicitante, tal como fue solicitado en el escrito de solicitud el Tribunal acuerda expedir dos (02) juegos de copias fotostáticas certificadas del presente expediente de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, firmando la secretaria al pie de la certificación.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los diez (10) días del Mes de Junio de 2013. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,


Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR

Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA.
En la misma fecha siendo las 11:30 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR

Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA






YGRC/SSM/Maria Angélica.
Exp. 7400