REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 21 de Junio de 2013.
203° y 154°

Vista la solicitud, de fecha 18 de Junio de 2013, presentada por el ciudadano: MONASTERIO NUÑEZ JESUS ALBERTO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.399.704, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: DOMINGO ALVANIO DUARTE GARCIA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 186.308. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la ley. SE ADMÍTE cuanto a lugar en derecho. Con relación al: CURADOR AD-HOC, solicitada, para la niña: xxxxxxxx, de xx (xxx) años de edad, se designa como tal, a la ciudadana: YUMERY AUXILIADORA NUÑEZ ARDILES, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cedula identidad Nº V-9.652.154 domiciliada en la avenida Carabobo Barrio Libertador, casa N° 11, Mariara Municipio Diego Ibarra del estado Carabobo, a quien el Tribunal ordena su Notificación, a los fines de dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos, a prestar el juramento de ley correspondiente.
EL JUEZ TITULAR,



DR. ANGEL LEONARDO ANSART

EL SECRETARIO TITULAR


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se le dio Entrada bajo el N° 4301-13 .





EL SECRETARIO TITULAR


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA







SOL.-4301-13
MM/JPPT/R.C
P.P.W:……………