REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
MARIARA
05 de Junio de 2013
203º y 154º
SENTENCIA DEFINITIVA
SOLICITANTE: ESTEFANI ALEJANDRA
SOLICITUD: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
ABOGADA ASISTENTE: ROSALBA CASTILLO TOLOZA
EXPEDIENTE No. 4200-13
NARRATIVA
Se inicia el presente procedimiento, por solicitud formulada por ESTEFANI ALEJANDRA, asistida de la abogada ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.979, donde señala:
“…para solicitar a este digno Tribunal, inserción de partida de nacimiento ya que no aparezco en el Registro civil de Mariara y por tal motivo tengo muchos problemas porque no puedo sacar mi cedula de identidad, no he podido presentar a mis hijos y tengo problemas en el colegio porque me solicitan que les consigne la documentación correspondiente para poder inscribirlo. Le pido la mayor colaboración ciudadano Juez ya que no cuento con recursos necesarios para poder hacer todos estos tramites porque en ningún lugar me dan trabajo por no tener documentos en reglas...”
Admitida la solicitud en fecha: 08 de Mayo de 2013, corre al folio 16 acta levantada por este tribunal, por la comparecencia, de la ciudadana: ESTEFANI ALEJANDRA, quien expuso:
“…yo ESTEFANY BIGOTT declaro aver nacido en el Edo Carabobo en el Hospital de Carabobo Ángel Laralte en el cual solicite una constancia de nacimiento pero noseme entrego por que no fui inscrita como nacida en cuyo hospital. Posteriormente yo me diriji al hospital central de Valencia y igualmente no fui inscrita…”
Ahora bien, siendo la oportunidad de proferir el fallo definitivo, este Tribunal observa:
MOTIVA
Se trata el presente asunto, de una solicitud de inserción de partida de nacimiento, formulada por ESTEFANI ALEJANDRA, asistida de la abogada ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.979, a los fines de solventar su deficiencia de identificación y consecuencialmente, presentó: 1. Constancia de no presentación emitida por el Registro Civil Parroquia Mariara del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, de donde emerge que el nacimiento de la afectada no está registrado en los libros de Registro de Nacimientos de ese Municipio, y donde la afectada manifesto nacer el día 24 de Junio de 1990, en el Hospital y ser hija de Alejandra Bigott; 2. Solicitud de presentación extemporanea, emitida por el Consejo de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, de donde emerge el nombre de la afectada como ESTEFANI ALEJANDRA BIGOTT BIGOTT; 3. Constancia de Residencia, emitida por el Concejo Comunal Humberto Celli, 5.20, de donde emerge la dirección de la afectada; 4. . Constancia de no presentación emitida por el Registro Civil Parroquia Aguas Calientes del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, de donde emerge que el nacimiento de la afectada no está registrado en los libros de Registro de Nacimientos de ese Municipio, y donde la afectada manifesto nacer el día 24 de Junio de 1990, en el Hospital y ser hija de Alejandra Bigott; 5. Certificados de Nacimientos de los hijos de la afectada, de donde emerge el nombre de la misma como ESTEFANI ALEJANDRA BIGOTT. Estos documentos constituyen, plena prueba del nacimiento del afectado, por emanar de funcionarios públicos y el certificado de nacimiento de un centro de salud y por tal constituye documento público administrativo, por ello, este Tribunal le atribuye plena prueba, de conformidad con los artículos, 1.357 y 1359. del Código Civil que establecen: “Instrumento público o auténtico es el que ha sido autorizado con las solemnidades legales por un Registrador, por un Juez u otro funcionario o empleado público que tenga facultad para darle fe público, en el lugar donde el instrumento se haya autorizado.
“El instrumento público hace plena fe, así entre las partes como respecto de terceros, mientras no sea declarado falso:1º, de los hechos jurídicos que el funcionario público declara haber efectuado, si tenía facultad para efectuarlos; 2º, de los hechos jurídicos que el funcionario público declara haber visto u oído, siempre que este facultado para hacerlos constar”.
En conclusión, la acción de ESTEFANI ALEJANDRA, asistida de la abogada ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.979, procede en derecho y así lo decide éste Tribunal.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y la Autoridad que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitada por ESTEFANI ALEJANDRA, asistida de la abogada ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.979 y a su vez se proceda a la inserción de la partida de nacimiento y así de decide. En consecuencia, se ordena: PRIMERO: oficiar a la REGISTRADORA CIVIL DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA, PARROQUIA MARIARA ESTADO CARABOBOBO, o quien haga sus veces, para que proceda de inmediato, a la inserción de la partida de nacimiento de la ciudadana ESTEFANI ALEJANDRA BIGOTT BIGOTT, en los siguientes términos: nombre ESTEFANI ALEJANDRA, y sus apellidos: BIGOTT BIGOTT, de sexo: femenino, nació en: Hospital Central de Valencia, el día 24 de Junio de 1990, nombre de la madre: Alejandra Bigott,. SEGUNDO. Que la Registradora proceda a expedir tantas copias certificadas requiera la afectada, a los fines de que proceda de forma inmediata a su cedulación y la regularización de su identidad, ante los funcionarios de cedulación, y ante todos los funcionarios que sea necesario. Cúmplase lo ordenado. Líbrese oficio a la Registradora Civil del Municipio Diego Ibarra, Mariara Estado Carabobo.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Mariara, a los cinco (05) días del mes de Junio de dos mil trece (2013), años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Titular
Dr. ÁNGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 10:30 p.m., y se libró Ejemplar de la misma, para remitir con oficio, a la ciudadana: REGISTRADORA CIVIL DE LA PARROQUIA MARIARA DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
Sol 4200-13
ALA/JPPT/yuri
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO
MARIARA
Mariara, 05 de Junio de 2013.
203° y 154°
Oficio Nº 22-107-44-403-10
Ciudadana:
REGISTRADORA CIVIL DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO, PARROQUIA MARIARA
SU DESPACHO
Muy cordialmente me dirijo a usted, a los fines de remitirle anexo al presente oficio, un (1) ejemplar de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal, en este misma fecha, donde se declara: CON LUGAR, la solicitud de inserción de acta de nacimiento, solicitada por la ciudadana ESTEFANI ALEJANDRA, asistida de la abogada ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.979, en fecha: 06 de Mayo de 2013, a los fines de que le dé fiel cumplimiento a la misma, agraciándole acuse de recibo de este Oficio, y la ejecución de la sentencia que se le remite.
Remisión que hago a usted, reiterándole mi consideración y estima
Dios y Federación
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO.
Anexo. Lo indicado.
exp.: 4200-13
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