REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 7 de junio de 2013
Años 203º y 154º
ASUNTO: GP01-R-2012-000313
A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Edgar Alexis Bocaney y Zuleika Rodríguez en su condición de defensores del ciudadano José Gregorio Ocanto Salazar, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo en Función de Juicio de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 29-06-2012 y publicado en fecha 07-09-2012, en el asunto No GP01-P-2007-006345, esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por los abogados Edgar Alexis Bocaney y Zuleika Rodríguez, quienes están legitimados para realizarlo, toda vez que actúan como defensores del ciudadano José Gregorio Ocanto Salazar, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la defensora Zuleika Rodríguez se dio por notificada de la publicación del texto integro de la sentencia condenatoria mediante escrito de fecha 18-10-2012 interponiendo recurso de apelación en fecha 01-11-2012, es decir el décimo día hábil, tal como consta en certificación de días de despacho inserto al folio trescientos treinta y seis de la pieza séptima de la presente Causa, por lo tanto se considera que ejerció el derecho temporáneamente.
Tercero: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por los abogados Edgar Alexis Bocaney y Zuleika Rodríguez en su condición de defensores del ciudadano José Gregorio Ocanto Salazar, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo en Función de Juicio de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 29-06-2012 y publicado en fecha 07-09-2012, en el asunto No GP01-P-2007-006345. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado. TERCERO: Se fija Audiencia Oral y Publica para el dia 20-06-2013 a las 12:00m a los fines de debatir sobre los fundamentos del recurso, la cual se realizará con las partes que asistan. Notifíquese a las partes.
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
(PONENTE)
LAUDELINA GARRIDO APONTE DANILO JOSE JAIMES RIVAS
La secretaria
Yaneth Villegas
Hora de Emisión: 1:41 PM