REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintiséis (26) de Junio de dos mil trece
203º y 154º

SENTENCIA

EXPEDIENTE: GP02-S-2013-000613
CONSIGNATARIA: SUMINISTROS Y SERVICIO DE COMIDA INDUSTRIAL ZURIEL, C.A.
BENEFICIARIO: IRENE OMAIRA NOGUERA
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el escrito transaccional presentada en fecha 18 de Junio del 2013, por la ciudadana IRENE OMAIRA NOGUERA, titular de la cédula de identidad N.° 12.930.208, asistida por la abogada YOICE REYES, inscrita en el Inpreabogado N.° 34.876, actuando como beneficiaria, también compareció por la empresa, la abogada NUVIA PERNIA HOYO, inscrita en el Inpreabogado N.° 128.376, actuando como apoderada Judicial de la empresa SUMINISTROS Y SERVICIO DE COMIDA INDUSTRIAL ZURIEL, C.A., mediante la cual, la ciudadana IRENE OMAIRA NOGUERA, declara recibir la cantidad de DIECIOCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 18.129,46) por parte de la empresa SUMINISTROS Y SERVICIO DE COMIDA INDUSTRIAL ZURIEL, C.A, por lo que solicitan al Tribunal que la homologue y le imparta el carácter de Cosa Juzgada.

El Tribunal de la causa, con vista a la transacción presentada por las partes y verificado el pago realizado y suscrito entre las partes y por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, de conformidad con lo establecido en los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 261, 262 y 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, es por lo que este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo lo Homologa en los Términos acordado por las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


LA SECRETARIA

ABG. MARIA ALEJANDRA GUZMAN

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.