REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA
CARACAS, ( ) DE DE 2013
202° Y 154°
En fecha 19 de julio de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº TS10ºCA825-11, de fecha 10 de junio de 2011, mediante el cual el Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el Abogado REINALDO FERNANDO FREITES GÁMEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.548.189 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 10.584, actuando en su propio nombre y representación, contra la Providencia Administrativa Nº CAD-PRE-VECO-GCP-70057, de fecha 24 de febrero de 2010, emanada de la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI).
En fecha 21 de julio de 2011, se dio cuenta a la Corte.
En esa misma fecha, se designó Ponente al Juez EFRÉN NAVARRO, a quien se ordenó pasar el expediente a los fines de la decisión correspondiente.
En esa misma oportunidad, se pasó el expediente al Juez Ponente.
En fecha 9 de agosto de 2011, venció el lapso de Ley otorgado conforme a lo previsto en el artículo 73 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En fecha 29 de septiembre de 2011, esta Corte dictó decisión Nº 2011-1021, mediante la cual se aceptó la declinatoria de competencia que hiciera el Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 9 de junio de 2011, se ordenó la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad del presente asunto y de ser procedente abriera cuaderno separado para el trámite de la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada.
En fecha 10 de octubre de 2011, esta Corte acordó librar las notificaciones correspondientes, de conformidad a lo dictado en fecha 29 de septiembre de 2011.
En esa misma fecha, se libró boleta dirigida al ciudadano Reinaldo Freites y los oficios Nros. 2011-6131 y 2011-6132, dirigidos a los ciudadanos Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) y Procurador General de la República, respectivamente.
En fecha 17 de octubre de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia del Abogado Reinaldo Freites, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual se dio por notificado de la decisión de fecha 29 de septiembre de 2011.
En fecha 15 de noviembre de 2011, el ciudadano Alguacil de esta Corte, dejó constancia de haber entregado el oficio de notificación Nº 2011-6131, dirigido al ciudadano Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), el cual fue recibido en fecha 1º de noviembre de 2011.
En fecha 23 de noviembre de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia del Abogado Reinaldo Freites, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual consignó en dos folios útiles, documentación relacionada con la presente causa.
En fecha 15 de diciembre de 2011, el ciudadano Alguacil de esta Corte, dejó constancia de haber entregado el oficio de notificación Nº 2011-6132, dirigido al ciudadano Procurador General de la República, el cual fue recibido en fecha 22 de noviembre de 2011.
En fecha 23 de enero de 2012, en virtud de la incorporación de la Juez MARISOL MARÍN R., fue reconstituida esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: EFRÉN NAVARRO, Juez Presidente; MARÍA EUGENIA MATA, Juez Vicepresidente y MARISOL MARÍN R., Juez.
En fecha 3 de febrero de 2012, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba, reanudándose la misma una vez transcurrido el lapso previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 10 de febrero de 2012, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia del Abogado Reinaldo Freites, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual solicitó el pronunciamiento sobre la medida cautelar de suspensión de efectos sobre el acto administrativo recurrido.
En fecha 14 de febrero de 2012, por cuanto las partes se encontraban notificadas de la decisión de fecha 29 de septiembre de 2011, esta Corte acordó pasar el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines legales consiguientes, el cual se pasó en esa misma oportunidad.
En esa misma fecha, se pasó el expediente al Juzgado de Sustanciación.
En fecha 16 de febrero de 2012, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte dicto decisión, mediante el cual admitió el presente recurso contencioso administrativo de nulidad en cuanto ha lugar en derecho; se ordenó la notificación de los ciudadanos Fiscal General de la República, Procuradora General de la República y Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), respectivamente; asimismo, se ordenó abrir cuaderno separado, a los fines del trámite de la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada y finalmente se dejó establecido que una vez constaran en autos las respectivas notificaciones, se remitiría el expediente a esta Corte, a los fines de fijar la oportunidad para la Audiencia de Juicio, según lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En fecha 23 de febrero de 2012, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte libró los oficios Nros. 0155-12, 0156-12 y 0157-12, dirigidos a los ciudadanos Procuradora General de la República, Fiscal General de la República y Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), respectivamente.
En esa misma fecha, se abrió el cuaderno separado signado con el Nº AW41-X-2012-000016, en cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 16 de febrero de 2012.
En fecha 14 de marzo de 2012, el ciudadano Alguacil del Juzgado de Sustanciación, dejó constancia de haber entregado el oficio de notificación Nº 0157-12, dirigido al ciudadano Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), el cual fue recibido en fecha 8 de marzo de 2012.
En fecha 19 de marzo de 2012, el ciudadano Alguacil del Juzgado de Sustanciación, dejó constancia de haber entregado el oficio de notificación Nº 0156-12, dirigido a la ciudadana Fiscal General de la República, el cual fue recibido en fecha 16 de marzo de 2012.
En fecha 11 de abril de 2012, el ciudadano Alguacil del Juzgado de Sustanciación, dejó constancia de haber entregado el oficio de notificación Nº 0155-12, dirigido a la ciudadana Procuradora General de la República, el cual fue recibido en fecha 27 de marzo de 2012.
En fecha 17 de abril de 2012, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte dejó constancia que en virtud de la designación como Juez Temporal del ciudadano Ricardo Cordido Martínez, el referido Juez se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba, conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo se dejó constancia que, a los fines de la oportunidad para la recusación de dicho ciudadano, se computarían cinco (5) días de despacho, contados a partir del día siguiente del presente auto, y que vencidos estos, se reanudaría la presente causa.
En fecha 8 de mayo de 2012, por cuanto se encontraban notificadas las partes del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 16 de febrero de 2012, se acordó la remisión del expediente a esta Corte, a los fines de fijar la oportunidad para la Audiencia de Juicio según lo establece el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción contencioso Administrativa.
En fecha, 28 de mayo de 2012, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia del Abogado Reinaldo Freites, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual solicitó la remisión del expediente a esta Corte.
En fecha 18 de junio de 2012, se remitió a esta Corte el presente expediente administrativo.
En fecha 20 de junio de 2012, se fijó para el día martes siete (7) de agosto de 2012, a las nueve y cuarenta minutos de la mañana (09:40 am), la oportunidad para que tuviera lugar la celebración de la Audiencia de Juicio, según lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En fecha 7 de agosto de 2012, esta Corte dejó constancia de la celebración de la Audiencia de Juicio en la presente causa, a la cual comparecieron las partes, así como la representación del Ministerio Público con competencia ante las Cortes de lo Contencioso Administrativo. Asimismo, se dejó constancia de que la Representación Judicial de la Comisión de Administración de Divisas, consignó el poder que acredita su representación y escrito de alegatos y promoción de pruebas; en esa misma oportunidad, la parte recurrente consignó escrito de alegatos y promoción de pruebas, respectivamente.
En esa misma fecha, esta Corte ordenó pasar el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines del pronunciamiento sobre las pruebas promovidas en la Audiencia de Juicio.
En esa misma oportunidad, se pasó el presente expediente al Juzgado de Sustanciación.
En fecha 10 de agosto de 2012, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte recibió el presente expediente. Asimismo, se dejó constancia que a partir del día siguiente comenzaría a transcurrir los tres (3) días de despacho para que las partes presenten sus oposiciones a las pruebas promovidas.
En fecha 17 de septiembre de 2012, se dejó constancia del vencimiento del lapso de tres (3) días de despacho para la oposición a las pruebas promovidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En fecha 20 de septiembre de 2012, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte dictó auto de admisión de las pruebas promovidas por el ciudadano Reinaldo Freites y en consecuencia, se ordenó la notificación del ciudadano Presidente de la Sociedad Mercantil Banesco Banco Universal, a los fines de la remisión de la información requerida por el recurrente en la presente causa.
En esa misma fecha, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte dictó auto de admisión de las pruebas promovidas por la Representación Judicial de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) y en consecuencia, se ordenó la notificación del ciudadano Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a los fines de la remisión de la información requerida por la recurrida en la presente causa y del ciudadano recurrente, respectivamente.
En esa misma oportunidad, se libró la boleta de notificación dirigida al ciudadano Presidente de la Sociedad Mercantil Banesco Banco Universal y asimismo, el oficio Nº JS/CPCA-2012-1149, dirigido al ciudadano Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
En fecha 21 de septiembre de 2012, el Juzgado de Sustanciación libró la boleta de notificación dirigida al ciudadano Reinaldo Freites, a los fines del cumplimiento de los autos de admisión de las pruebas promovidas en la presente causa.
En fecha 30 de octubre de 2012, el ciudadano Alguacil del Juzgado de Sustanciación, dejó constancia de haber entregado el oficio de notificación Nº JS/CPCA-2012-1149, de fecha 20 de septiembre de 2012, dirigido al ciudadano Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), el cual fue recibido en fecha 24 de octubre de 2012.
En fecha 12 de noviembre de 2012, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº 2012-6406, de fecha 26 de octubre de 2012, del Director Nacional de Migración y Zonas Fronterizas adscrito al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, mediante el cual dio respuesta al oficio de notificación Nº JS/CPCA-2012-1149, de fecha 20 de septiembre de 2012, emanado del Juzgado de Sustanciación de esta Corte.
En fecha 15 de noviembre de 2012, el ciudadano Alguacil del Juzgado de Sustanciación, dejó constancia de haber entregado la boleta de notificación, de fecha 21 de septiembre de 2012, dirigido al ciudadano Reinaldo Freites, el cual fue recibido en fecha 12 de noviembre de 2012.
En fecha 20 de noviembre de 2012, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte realizó el acto de exhibición de los documentos que fueron promovidos como medio de prueba por la Representación Judicial de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) y por el ciudadano Reinaldo Freites, parte recurrente en el presente asunto.
En esa misma fecha, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el escrito de la Abogada Antonieta de Gregorio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 35.990, actuando en su carácter de Fiscal Primera del Ministerio Público, mediante el cual realizó los informes relacionados a la presente causa.
En fecha 5 de diciembre de 2012, el ciudadano Alguacil del Juzgado de Sustanciación, dejó constancia de haber entregado la boleta, de fecha 20 de septiembre de 2012, dirigido al ciudadano Presidente de la Sociedad Mercantil Banesco Banco Universal, el cual fue recibido en fecha 4 de diciembre de 2012.
En fecha 15 de enero de 2013, en virtud de haber concluido la sustanciación del presente expediente, el Juzgado de Sustanciación ordenó su remisión a esta Corte, a los fines legales consiguientes.
En esa misma fecha, se remitió el presente expediente a esta Corte.
En fecha 22 de enero de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se abrió el lapso de cinco (5) días de despacho (inclusive) para que las partes presenten los informes respectivos.
En fecha 24 de enero de 2013, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio S/N, de fecha 6 de diciembre de 2012, emanado de la sociedad mercantil Banesco Banco Universal, mediante el cual dio cumplimiento a lo requerido en la prueba de informes solicitada por la parte recurrente en fecha 7 de agosto de 2012.
En fecha 30 de enero de 2013, visto que se encontraba el lapso fijado en el auto dictado por esta Corte en fecha 22 de enero de 2013, se ordenó pasar el presente expediente al Juez Ponente EFRÉN NAVARRO, a los fines que la Corte dictara la decisión correspondiente, según lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En esa misma fecha, se pasó el preste expediente al Juez Ponente.
Realizada la lectura individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte pasa a decidir el asunto sometido a su consideración, previa las consideraciones siguientes:
-ÚNICO-
La presente causa versa sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº CAD-PRE-VECO-GCP-70057, de fecha 24 de febrero de 2010, mediante el cual la Presidencia de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), acordó “MANTENER LA SUSPENSIÓN en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD)” del ciudadano Reinaldo Fernando Freites Gámez, parte recurrente en el presente asunto.
En este sentido, se observa que esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo aceptó la competencia, -que fuera declinada por el Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 9 de junio de 2011-, para conocer del presente recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, mediante decisión de fecha 29 de septiembre de 2011.
Ahora bien, se observa que en el acto de Audiencia de Juicio realizado en fecha 7 de agosto de 2012, el ciudadano Reinaldo Freites, en su condición de parte recurrente en la presente causa, bajo su escrito de promoción de pruebas solicitó que “…se oficie al operador cambiario Banesco Banco Universal, ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, con el objeto que envíe a esta Corte, el Expediente donde reposan los recaudos probatorios de los gastos ocasionados en el único viaje al exterior realizado en el año 2008 y que le fueron solicitas por CADIVI (sic), consignación que fue efectuada de manera oportuna, una vez que fue instado a través de Convocatoria por esa Comisión Cambiaria y a todo evento, este Tribunal inste a la referida entidad bancaria a presentar mediante la Prueba de Informes (…) tal como consta en el `Estatus de Consignación de Documentos – Convocatorias CADIVI (sic), que acompañó en [el referido escrito de promoción]”.
En ese orden de ideas, en fecha 20 de septiembre de 2012, el Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre la referida prueba de informes solicitada por la parte recurrente y en consecuencia de ello, la admitió en cuanto ha lugar en derecho y estableció que “(…) Para la evacuación de [dicha prueba se ordena] notificar mediante boleta al ciudadano Presidente de la sociedad mercantil Banesco Banco Universal, a los fines de que [remitiera a ese] Juzgado de Sustanciación la información requerida (…) del escrito de pruebas presentado por el abogado (sic) Reinaldo Fernando Freites Gámez…”.
Cabe destacar, que en fecha 8 de abril de 2009, mediante la Convocatoria que hiciera la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), se notificó a los usuarios no asistentes sobre el inicio del procedimiento Administrativo por la “…no comparecencia a la convocatoria, otorgándoseles un plazo de diez (10) días hábiles bancarios contados a partir del día siguientes de la notificación, para la consignación de los soportes que le permitieran demostrar el correcto uso de las divisas autorizadas por la Comisión de Administración de Divisas” (Destacado de esta Corte).
Ahora bien, por cuanto la documentación antes referida no se encuentra en autos como remitida por la persona jurídica obligada a cumplir con la prueba de informes admitida por el Juzgado de Sustanciación en su oportunidad, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a los fines de pronunciarse sobre el fondo del presente asunto y en la búsqueda de un mejor esclarecimiento de los hechos con el objeto de formar un criterio claro y definido, apegado a los principios de equidad y justicia que rigen al sistema judicial, y con fundamento en lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ORDENA al ciudadano Presidente de la Sociedad Mercantil Banesco Banco Universal, REMITIR a esta Corte en el lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la notificación del presente auto, la documentación que fuera consignada en fecha 13 de abril de 2009, por el ciudadano Reinaldo Fernando Freites Gámez, titular de la cédula de identidad Nº 3.548.189 ante ese Banco, la cual fue realizada, a los fines de dar cumplimiento a lo solicitado por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) mediante la convocatoria antes mencionada de fecha 8 de abril de 2009.
Igualmente, se hace de su conocimiento que en caso de no remitir la información requerida dentro del lapso concedido, se procederá a la aplicación de la sanción de multa de sesenta unidades tributarias (60 U.T.) unidades tributarias, de conformidad a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y asimismo, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo pasará a dictar la decisión correspondiente con fundamento en las actas que corren insertas en el presente expediente. Así se decide.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los ____________ ( ) días del mes de _______________de dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez Presidente,
EFRÉN NAVARRO
Ponente
La Juez Vicepresidente,
MARÍA EUGENIA MATA
La Juez,
MARISOL MARÍN R.
El Secretario,
IVÁN HIDALGO
EXP. Nº AP42-G-2011-000171
EN/
En Fecha________________________ ( ) de __________________________________ de dos mil trece (2013), siendo la (s) _________________ de la ___________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ___________________.
El Secretario,