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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIO, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS.
 Caracas, 22 de marzo de 2013
 
 AP21-S-2013-00641
 
 Visto el escrito que antecede de fecha  19 de marzo de 2013 suscrito por el ciudadano OSCAR HERNANDEZ RIVAS, en su carácter de Unico y Universal heredero de la parte oferida Ciudadano (EDGAR HERNANDEZ) debidamente asistido por  el abogado en ejercicio EDWAR ZERPA y la sociedad mercantil  ZAGO MAQUINARIAS  C.A.  representada en este acto por su  apoderada judicial, abogado en ejercicio RAMON CHACIN; este Tribunal de una revisión minuciosa del escrito en referencia, observa que no fueron vulnerados normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajar, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores en concordancia con los artículos 9 y 10 de su reglamento; por lo que este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en los términos expuestos.
 La Juez
 
 
 Abg. Neyireé Toledo
 
 La Secretaria
 
 
 Abg. Lisbeth Montes
 
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