REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de Marzo de 2013.
202º y 154º

Expediente Nº: AH15-V-2003-000112.

Visto el anterior escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 25 de Febrero del 2013, por la Abogada en Ejercicio ROCÍO FARÍAS DE GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 64.282, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora Ciudadano JOSE LUIS MEJICANO. Asimismo, visto el escrito de oposición presentado en fecha 22 de Marzo de 2013, por el Abogado en ejercicio RAFAEL MORENO SERRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 18.985, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil VIDRIOS SARRIA C.A., en consecuencia, este Tribunal pasa a pronunciarse en relación a los escritos presentados:
Luego de una revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente, así como del computo efectuado por Secretaría en esta misma fecha, lo cual se observa que la fecha para promover las pruebas presentadas por las partes, era dentro del lapso de los días 19 de Diciembre de 2012 hasta el 28 de Enero de 2013, ambas fechas inclusive. Igualmente, el lapso para la oposición de las pruebas presentadas, era dentro de los tres (03) días de despacho siguientes al lapso de vencimiento de la promoción de pruebas, es decir, desde el días 29 de Enero del 2013 hasta el día 01 de Febrero de 2013, ambas fechas inclusive, por tal motivo, este Tribunal, declara EXTEMPORÁNEAS las pruebas presentadas por la Abogada en Ejercicio ROCÍO FARÍAS DE GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 64.282, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora Ciudadano JOSE LUIS MEJICANO, así como también se declara EXTEMPORÁNEO el escrito de Oposición presentado por el Abogado en ejercicio RAFAEL MORENO SERRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 18.985, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil VIDRIOS SARRIA C.A. ASI SE DECIDE.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.

EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. LEONARDO MARQUEZ.

AMCdeM//ATMB.