REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de Marzo de 2013
202º y 154º
ASUNTO: AP11-V-2012-000433
PARTE SOLICITANTE: MARY MARLENE LIENDO TORO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.427.128.-
PRESUNTO ENTREDICHA: MATILDE TERESA LIENDO TORO, venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.201.905.-
FISCAL INTERVINIENTE: GRACIELA AGUILAR, en su carácter de Fiscal Centésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.-
MOTIVO: INTERDICCIÓN CIVIL
SENTENCIA: PROVISIONAL
Se inicio el presente procedimiento mediante libelo de solicitud por INTERDICCIÓN CIVIL de la Ciudadana MATILDE TERESA LIENDO TORO, venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 19.201.905, incoada por la Ciudadana MARY MARLENE LIENDO TORO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 5.427.128, debidamente asistida en este acto por el Ciudadano OMAR RAFAEL PIRE, Abogado en ejercicio e Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.358, en fecha 26 de Abril de 2012, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, previo sorteo de Ley le correspondió a este Juzgado conocer de la presente causa.
En fecha 30 de Abril de 2012, este Tribunal dictó auto, ordenando darle entrada a la presente solicitud y abrir el procedimiento de la presunta entredicha, Ciudadana MATILDE TERESA LIENDO TORO, venezolana y titular de la Cédula de Identidad Nº 19.201.905, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Artículo 733 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó oficiar a la División de Psiquiatría Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a fin de que designen dos Expertos Médicos Psiquiátricos y se ordenó notificar al Representante Fiscal del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 8 de Mayo de 2012, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio OMAR PIRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.358, consignando los fotostatos necesarios para la notificación del Ministerio Público y la Medicatura Forense.-
En fecha 23 de Mayo de 2012, compareció el Ciudadano JOSE F. CENTENO, en su carácter de Alguacil Accidental de este Circuito Judicial, dejando constancia de la practica de la Notificación al Representante Fiscal del Ministerio Público.-
En fecha 6 de Julio de 2012, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Omar Pire, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.358, solicitando se remita oficio dirigido a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.-
En fecha 30 de Julio de 2012, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Omar Pire, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.358, consignando los emolumentos necesarios para notificar a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de la designación de los Expertos Médicos Psiquiátricos.-
En fecha 2 de Agosto de 2012, compareció el Ciudadano JULIO ARRIVILLAGA RODRIGUEZ, en su carácter de Alguacil Titular de este Circuito Judicial, dejando constancia de la entrega del oficio dirigido al Jefe de la División de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.-
En fecha 11 de Octubre de 2012, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Omar Pire, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.358, consignando original de la orden para la practica del examen psiquiátrico.-
En fecha 17 de Octubre de 2012, compareció la Abogada GRACIELA AGUILAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 78.595, en su carácter de Fiscal Centésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, dándose por notificada del inicio del presente procedimiento y solicitó se le notifique de las resultas de la terna de los Médicos Psiquiatras.-
En fecha 26 de Octubre de 2012, este Tribunal dictó auto instando a la parte solicitante a presentar por ante las Salas de Actos de este Circuito Judicial a los cuatro parientes, a los fines de tomar sus declaraciones.-
En fecha 7 de Noviembre de 2012, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Omar Pire, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.35, solicitando se fije oportunidad para la declaración de los testigos y consignando copia de oficio librado.-
En fecha 9 de Noviembre de 2012, este Tribunal dictó auto fijando oportunidad para la declaración de los testigos.-
En fecha 19 de Noviembre de 2012, tuvo lugar el Acto de Declaración de los testigos.-
En fecha 16 de Noviembre de 2012, compareció el Ciudadano JAVIER ROJAS MORALES, en su carácter de Alguacil Titular de este Circuito Judicial, dejando constancia de haber entregado oficio Nº 1497, dirigido al e de la División de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.-
En fecha 19 de Noviembre de 2012, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Omar Pire, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.35, solicitando el traslado y constitución del Tribunal al domicilio de la presunta entredicha a los fines de su interrogatorio, en virtud de lo dificultoso de su traslado a la sede de este Despacho.-
En fecha 05 de Diciembre de 2012, se dictó auto fijando oportunidad para el traslado y constitución del Tribunal al domicilio de la presunta entredicha a objeto de su interrogatorio.-
En fecha 9 de Enero de 2013, se declaró Desierto el acto de traslado y constitución del Tribunal en el domicilio de la presunta entredicha, en virtud que la solicitante no compareció a dicho acto.-
En fecha 22 de Enero de 2013, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Omar Pire, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.35, solicitando se fije nueva oportunidad para el traslado y constitución del Tribunal en el domicilio de la presunta entredicha.-
En fecha 22 de Enero de 2013, este Tribunal fijó oportunidad para el traslado y constitución en el domicilio de la presunta entredicha, a los fines de su interrogatorio.-
En fecha 04 de Febrero de 2013, este Tribunal por ocupaciones preferenciales difirió el traslado y constitución en el domicilio de la presunta entredicha, a los fines de su interrogatorio.-
En fecha 26 de Febrero de 2013, se trasladó y constituyó este Tribunal en el domicilio de la presunta entredicha, a los fines de su interrogatorio, dejando constancia que la presunta entredicha se encuentra en una habitación cómoda, acostada, emitiendo gemidos, no habla y vive encerrada en su mundo.-
En fecha Primero (01) de Marzo de 2013, compareció la Ciudadana MARY LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Omar Pire, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.35, consignando copia simple de las Cédulas de Identidad de los Ciudadanos propuestos para integrar el Consejo de Tutela.-
En fecha 5 de Marzo de 2013, este Tribunal dictó auto instando a la solicitante a consignar las direcciones donde se practicará la notificación de la Terna del Consejo de Tutela.-
En fecha 19 de Marzo de 2013, compareció la Ciudadana MARY LIENDO, venezolana y titular de la Cédula de Identidad Nº 5.427.128, debidamente asistida por el Abogado OMAR PIRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.358, señalando las direcciones donde se practicará la notificación de la Terna del Consejo de Tutela.-
Ahora bien, para decidir esta Juzgadora, observa: consta de las Actas Procesales que conforman el presente expediente, las declaraciones de los familiares y amigos así como el traslado y constitución de este Tribunal en la residencia de la presunta entredicha a los fines de su interrogatorio, se evidencia que han sido cumplidos los extremos exigidos en el Artículo 396 del Código Civil, el Tribunal declara que existen suficientes indicios de lo imputado, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Artículo 734 del Código de Procedimiento Civil se DECRETA INTERDICCIÓN PROVISIONAL, de la Ciudadana MATILDE TERESA LIENDO TORO, venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.201.905. Se designa TUTORA INTERINA a la Ciudadana CARMEN VICTORIA LIENDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.116.655; PROTUTOR, al Ciudadano CARLOS RAMÓN LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 641.473; y a la Ciudadana BELKIS COROMOTO LIENDO TORO, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.018.539, SUPLENTE DEL PROTUTOR.-. Notifíquese a los designados, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), del Tercer (3er), día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse verificado su notificación, a fin de que manifiesten su aceptación o excusa al cargo y en el primero de los casos presten el juramento de Ley. Líbrense Boletas de Notificación.- CÚMPLASE.-
Se deja expresa constancia que la causa queda abierta a pruebas conforme al procedimiento ordinario, instruyéndose las pruebas que promuevan el indiciado a través de su Tutora Interina, cualquiera que tenga interés y las de oficio que el Tribunal indique. De conformidad con lo establecido en los Artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena el registro, en el Registro respectivo y la publicación del presente decreto, en el Diario “ULTIMAS NOTICIAS”.- Líbrese Cartel. CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. LEONARDO MARQUEZ
En esta misma fecha Veinticinco (25) de Marzo de de 2013, se registró y publicó la anterior decisión siendo las (__________)
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. LEONARDO MARQUEZ
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