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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
 Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación y Sustanciación
 Caracas, 18 de marzo de 2013
 202º y 154º
 
 ASUNTO: AP51-J-2013-001474
 Motivo: AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE
 Solicitante: ALICIA JOSEFINA OSORIO ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.869.873
 Abogada: GERALDINE LOPEZ, en su carácter de Defensora Pública Vigésima (20°)
 
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana ALICIA JOSEFINA OSORIO ROJAS; se observa del acta de fecha 14/03/2012, cursante al folio 11 del presente asunto, que no compareció la parte solicitante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, observándose desinterés en la causa, y al no haberse cumplido la formalidad de Ley, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, y en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Y ASÍ SE DECIDE.
 PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
 Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Quinto (15°) de  Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día dieciocho (18) de marzo de Dos Mil Trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.-
 LA JUEZ,
 
 Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. LUISA OLIVEROS
 AP51-J-2013-001474
 Lcd/lo/marianna
 
 
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