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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
 Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación y  Sustanciación
 Caracas, 20 de marzo de 2013
 202º y 154º
 
 ASUNTO: AP51-J-2012-019618
 Solicitante: YAIDELIS LISSETT GALINDO CASTRO, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-18.676.536.
 Abogada: HAYDEE VELASQUEZ, en su carácter de Defensora Pública Segunda (02°).-
 Motivo: TUTELA
 
 
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de TUTELA, presentada por la ciudadana YAIDELIS LISSETT GALINDO CASTRO; se observa de las actas de fechas 07/012/2012, 15/01/2013, 30/01/2013, 13/02/201 y 19/03/2013, cursante a los folios 22, 27, 29, 31 y 34 del presente asunto, que no comparecieron las personas propuestas para  Protutor  Miembros del Consejo de Tutela, observándose desinterés en la causa, y al no haberse cumplido la formalidad de Ley, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de TUTELA, y en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Y ASÍ SE DECIDE.
 PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
 Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Quinto (15°) de  Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día veinte (20) de marzo de Dos Mil Trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.-
 LA JUEZ,
 
 ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
 
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. LUISA OLIVEROS
 
 AP51-J-2012-019618
 Lcd/lo/marianna
 
 
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