REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 19 de Marzo del 2.013
Años: 202° y 154°
PARTES: GISELA DEL CARMEN ESCALONA CONTRA EDECIO RAMON JIMENEZ
BENEFICIARIOS: KAROL ESTHER y KATHERINE ALEXANDRA
MOTIVO: EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se desprende de las partidas de nacimientos Nº 79 y 304, folio 41 fte y 306 fte de los libros de Registros de Nacimientos llevados durante los años 1992 y 1993 respectivamente, emanada de la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco; que las beneficiarias en la presente causa, ciudadanas: Katherine Alexandra Jiménez y Karol Esther Jiménez Escalona; alcanzaron la mayoría de edad, y por cuanto no consta en autos la interposición de alguna de las excepciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano: EDECIO RAMON JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.955.814, en lo que respecta a la obligación de manutención en beneficio de sus hijas: Katherine Alexandra Jiménez y Karol Esther Jiménez Escalona. En consecuencia este Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. Líbrese el respectivo oficio a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura con atención al Departamento de Archivo Judicial Regional, para la remisión del legajo correspondiente. Cúmplase.-
El Juez Provisorio
Abog. Ender A. Rojas R.
La Secretaria del Juzgado
Abog. Caribay Goyo Lucena
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Conste.-
La Secretaria
Abog. Caribay Goyo L.
Exp. Nº 494
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