REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 22 de Marzo del 2.013
Años: 202° y 154°
PARTES: MARIA LOURDES VERGARA LANDAETA CONTRA AREVALO COLMENAREZ.
BENEFICIARIOS: YOANNY RAFAEL, JOSE AREVALO y JEAN CARLOS.
MOTIVO: EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se desprende de las partidas de nacimientos Nros. 804, 789, y 790, folios 105 fte, 99 fte y 99 vto, de los Libros de Registros de Nacimientos llevados en Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco; durante los años: 1988, 1991 y 1991 respectivamente, que los beneficiarios en la presente causa, ciudadanos: YOANNY RAFAEL VERGARA, JOSE AREVALO VERGARA y JEAN CARLOS VERGARA, alcanzaron la mayoría de edad, y por cuanto no consta en autos la interposición de alguna de las excepciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano: AREVALO COLMENAREZ, en lo que respecta a la obligación de manutención en beneficio de sus hijos: YOANNY RAFAEL VERGARA, JOSE AREVALO VERGARA y JEAN CARLOS VERGARA. En consecuencia este Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. Líbrese el respectivo oficio a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura con atención al Departamento de Archivo Judicial Regional, para la remisión del legajo correspondiente. Cúmplase.-
El Juez Provisorio
Abog. Ender A. Rojas R.
La Secretaria del Juzgado
Abog. Caribay Goyo Lucena
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Conste.-
La Secretaria
Abog. Caribay Goyo L.
EXP Nº 501/00
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