REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 20 de mayo de 2013
Años 202° y 153°
ASUNTO: AP21-R-2013-000593
PRINCIPAL: AP21-L-2012-004561
Visto el escrito presentado en fecha 17 de mayo de 2013, por los ciudadanos FRANCISCO VERDE MARVAL, PRIMO VEGA ALVA y EVERT MOROS LAZARO, apoderadas judiciales de la parte demandada (el primero) y actora, respectivamente, mediante la cual proceden a presentar transacción en la presente causa. Efectuada de igual manera la revisión de los instrumentos poderes que cursan a los autos en los cuales consta la facultad expresa para transigir de los prenombrados apoderados e igualmente efectuada la revisión de la transacción presentada la cual cumple con los parámetros del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) , es por lo que, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva y ordena la remisión del asunto al Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines legales consiguientes, todo en el juicio seguido por ALEIDA RAMÍREZ ALBORNOZ contra la empresa CEDISA S.A. y los ciudadanos CARLOS ROSALES, MARÍA IBAÑEZ, TERESA DÍAZ y CLAUDINA TORO.
EL JUEZ,
ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
ISRAEL ORTIZ
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