REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 14 de mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AP11-O-2013-000065
Vista la acción de AMPARO, interpuesta por la ciudadana RAIZA CORRALES RICO, Venezolana, mayor de edad, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 144.608, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CREACIONES JETBAG C.A., Sociedad Mercantil, inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF), bajo el Nº 144.608, registrada originalmente en fecha 14 de Julio de 1.983, bajo el Nº 31, Tomo 88-A-Pro, conforme consta en el expediente mercantil Nº 157172 llevado por el registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, y luego reformadas sus estatutos en asamblea de accionistas cuya acta fue inscrita en fecha 25 de enero de 1.990, bajo el Nº 21, Tomo 19-A-SGDO, por ante el mismo Registro; este Tribunal, de una minuciosa y exhaustiva revisión efectuada en la presente acción de Amparo Constitucional, observó que la materia del mismo es netamente administrativa y que el supuesto agraviante (la OFICINA COORDINADORA DE APOYO MARITIMO DE LA ARMADA VENEZOLANA, OCAMAR), es un ente del estado Venezolano, razón por la cual quien aquí decide DECLINA LA COMPETENCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil, por la materia, en consecuencia remítase mediante oficio, el presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, competente por distribución, a los fines de que conozca de la presente causa.- Líbrese oficio.-
El Juez

Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
La Secretaria

Luis Eduardo Rodriguez




Hora de Emisión: 11:05 AM
Asistente que realizo la actuación: