ASUNTO: GP01-P-2007-004071
JUEZA: ABOG. BLANCA JIMÉNEZ
ACUSADO: ROBERTO LARA BRICEÑO
FISCALIA: TRIGESIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: YAMILET ESCOBAR ARRIETA
DELITO: AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Efectuada Audiencia de Verificación de condiciones celebrada en fecha 20-05-2013 corresponde a este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, fundamentar en lo que respecta al SOBRESEIMIENTO acordado a favor del ciudadano: ROBERTO ANTONIO LARA BRICEÑO, como efecto del cumplimiento de las condiciones establecidas en la Audiencia Preliminar, en fecha 10-03-2008, se hicieron presentes las partes, y quedó establecido:
De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se advierte el efectivo cumplimiento de las condiciones, consistentes en PRIMERO: En relación a la obligación de residir en un lugar determinado, la misma queda debidamente acreditada con constancia de residencia consignada en fecha 21-04-2010 inserta al folio 94. SEGUNDO: En relación a la obligación de presentar Constancia de Trabajo, la misma queda debidamente acreditada con constancia de residencia consignada en fecha 21-04-2010 inserta al folio 95. TERCERO: Con relación a la condición consistente en la presentación ante la Oficina del Alguacilazgo cada noventa (90) días, la misma resulta acreditada con el record de presentaciones del ciudadano emitido por la Oficina de Alguacilazgo, inserto a los folios 91. CUARTO: Este Tribunal verificadas como han sido cada una de las condiciones que le fueran impuestas al acusado ROBERTO ANTONIO LARA BRICEÑO, en Audiencia Preliminar efectuada en fecha 10-03-2008, observa que resulta acreditado su total y cabal cumplimiento por parte del acusado, procediendo en consecuencia a decretar el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 46, en concordancia con el artículo 300 ordinales 3º y 5º, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese la condición de acusado del ciudadano, así como el cese de toda medida de coerción o aseguramiento que pudiera pesar sobre el acusado. Líbrese los oficios a los organismos correspondientes
DECISIÓN
Por las consideraciones efectuadas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano:
ROBERO ANTONIO LARA BRICEÑO, Titular de la cédula de identidad No 13.735.741, de conformidad con lo establecido en los artículos 46, 49, ordinal 7 y 300 ordinales 3º y 5º del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena el cese de todas medidas de coerción o de aseguramiento dictado y de protección impuestas durante el proceso al acusado.
Remítase las actuaciones al archivo central para su posterior remisión al archivo judicial. Las partes quedaron notificadas, en la audiencia y se público dentro del lapso establecido en el artículo 107, parte in fine de la LOSDMVLV. Regístrese, Publíquese. Cúmplase.
Abg. Blanca Jiménez
La Jueza Segunda de Control, Audiencias
Y Medidas.
Abg. María Eugenia Blanco
Secretaria,
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