REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 15 de mayo de 2013
203° y 154°

Visto el escrito presentado en fecha ocho (08) de mayo de 2013, contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Alix Esther Martinez de Sánchez, titular de la cedula de identidad número 4.209.941, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Sofía Nataly Sánchez Martínez, contra el acto administrativo signado con el Nº PRE-VPAI-CJ-004539-2013, de fecha 22 de febrero de 2013 y notificado en esa misma fecha, emanado de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
Visto igualmente que fue recibido por este Juzgado de Sustanciación en fecha 09 de mayo de 2013, según se evidencia en el folio número treinta y siete (37) del presente expediente.
Este Juzgado de Sustanciación, revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 numeral 5 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa declara competente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer del presente recurso contencioso administrativo de nulidad. Asimismo, observa que la presente demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la ciudadana Sofía Nataly Sánchez Martínez, contra la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), fue presentada en fecha 08 de mayo de 2013, de forma tempestiva, sin verificarse alguna de las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en consecuencia, admite dicha demanda cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 eiusdem.

En consecuencia, se ordena citar de conformidad con el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa a los ciudadanos Fiscal General de la República y Procurador General (E) de la República, este última de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza Ley Orgánica que rige sus funciones, y al ciudadano Presidente de la Comisión de la Administración de Divisas (CADIVI), según lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, remitiendo a dichos funcionarios copia certificada de la demanda, así como del presente auto y copia simple de las actuaciones del presente expediente cursantes a los folios doce (12) al cuarenta (40).
Finalmente, se deja establecido que una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, se remitirá a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el presente expediente, a fin de fijar la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
La Juez de Sustanciación


Belén Serpa Blandín
La Secretaria Accidental,


Marisol Sanz Barrios
BSB/MSB/mub/dvt
EXP. N° AP42-G-2013-000191