REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 23 de mayo de 2013
203º y 154º
De conformidad con lo ordenado mediante auto dictado en fecha 23 de mayo de 2013 en el expediente Nº AP42-G-2011-000255, se abre el presente cuaderno separado a los fines de la tramitación de la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por los abogados Moritz Joaquín Eiris Bonilla, Federico Leañez Aristimuño, Juan José Senabre y Lorena Francheschini Belluardo, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Inversiones Recreativas Occidentes, C.A., en la demanda de nulidad contra el acto tácito denegatorio de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles producto del silencio administrativo negativo por no haber dado oportuna respuesta al recurso jerárquico interpuesto por la demandante en fecha 30 de mayo de 2011, en contra a su vez del acto tácito denegatorio producto del silencio administrativo de la Inspectoría Nacional Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, por no haber dado respuesta al recurso de reconsideración interpuesto en fecha 14 de abril de 2011, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en el Acta de Inspección y Verificación Nº CNCIN-AL-2011/025.
Remítase el presente cuaderno separado a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a los fines legales consiguientes.
Juez de Sustanciación,
Belén Serpa Blandín
La Secretaria Accidental,
Marisol Sanz Barrios
Exp. AW41-X-2013-000045
Asunto Principal: AP42-G-2011-000255
BSB/MSB/mub/rab
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