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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Décimo Cuarto 14° de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
 Caracas, veinticuatro (24) de mayo de 2013
 °203 y °154
 ASUNTO: AP51-V-2012-024710
 Visto el acuerdo Parcial de Obligación de Manutención, al cual han llegado los ciudadanos, GLEVIS GABRIELA MAVAREZ NIEVES y  DARLING ROMAN FERNANDEZ LOVERA, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad No. V.- 11.164.985 y V.-10.798.617, respectivamente, en su carácter de progenitores de los niños, (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes), de ocho (08) y nueve (09) años de edad, respectivamente. Este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dichos acuerdos en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos; se le imparte su aprobación, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada,  de conformidad con lo establecido en los artículos 470 y 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda la Expedición por secretaría de dos (02) juegos de copias certificadas, a tal efecto se insta a los solicitantes a consignar los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
 La Juez,
 Abg. ENOE CARRILLO CASTELLANOS.
 La Secretaria,
 Abg. ADRIANA MIRELES
 
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