REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 14 de Mayo de 2013
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2011-023546
ENTREGA PLENA
Vista la solicitud de entrega de vehículo presentado por el Abogado Franluis Linares inscrito en IPSA bajo el numero actuando en su carácter de abogado del ciudadano José Gregorio Escalona Valladares titular de la cedula V-este Tribunal de Control Nº 5, pasa a decidir en los siguientes términos:
Se inicia la presente causa según solicitud incoada por el ciudadano Franluis Linares inscrito en IPSA bajo el numero actuando en su carácter de abogado del ciudadano José Gregorio Escalona Valladares titular de la cedula V-, siendo este ciudadano, el único que solicita la entrega de este bien. En tal sentido y a los fines de emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de ENTREGA PLENA del referido vehículo se realizan las siguientes consideraciones:
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
El vehículo MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-30, CLASE: CAMION, COLOR: ROJO Y BEIGE, TIPO: ESTACA, S/CARROCERIA: CCY33EV205138, s/MOTOR: V1022TFXCC1125612, AÑO: 1974, PLACA:824XEI, fue sometido, a la Experticia de reconocimiento, realizada por la Guardia Nacional Bolivariana, de la misma se desprende que los seriales de chasis y motor del bien en cuestión se encuentran originales, y en virtud de que el vehiculo fue entregado en fecha 30 de Agosto del año 2012 por este Tribunal 5º de Control y en vista que desde dicha fecha no ha sido solicitado el mismo por ningún otro ciudadano, es por lo que el tribunal considera que se debe hacer ENTREGA PLENA del Vehículo MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-30, CLASE: CAMION, COLOR: ROJO Y BEIGE, TIPO: ESTACA, S/CARROCERIA: CCY33EV205138, s/MOTOR: V1022TFXCC1125612, AÑO: 1974, PLACA:824XEI, al ciudadano José Gregorio Escalona Valladares titular de la cedula V-, quien se encuentra representado por el abogado Franluis Linares. Así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Se Otorga la ENTREGA PLENA del vehículo con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-30, CLASE: CAMION, COLOR: ROJO Y BEIGE, TIPO: ESTACA, S/CARROCERIA: CCY33EV205138, s/MOTOR: V1022TFXCC1125612, AÑO: 1974, PLACA:824XEI, al ciudadano José Gregorio Escalona Valladares titular de la cedula V-, quien se encuentra representado por el abogado Franluis Linares. SEGUNDO: Se ordeno la entrega de los documentos originales de propiedad que rielan en la presente causa, los cuales deberán ser entregados a la parte solicitante en la oportunidad que ésta lo requiera, y en su lugar insertar copia certificada. TERCERO: Ofíciese a la Fiscalía del Ministerio Público.
Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.
EL JUEZ PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL
ABG. OSWALDO JOSE GONZALEZ ARAQUE.