REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES
En horas de despacho del día de hoy dieciséis (16) de Mayo del año 2013 se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se constituyo siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am) en un inmueble ubicado en la calle Lara casa Nº 0405 Barrio el Brasil de esta ciudad de Carora Municipio Torres. Con la presencia del ciudadano Juez Abg. Rafael José Martínez Rivero y la Secretaria Abg Johanna Desiree Pérez Alvarez a los fines de dar cumplimiento al Despacho de Comisión enviado del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara para la practica de la medida de embargo preventivo juicio intentado por el ciudadano Antonio Ramón Villegas Verde, titular de la cedula de identidad Nº 5.933.221, asistido por el abogado Leopoldo Navas Rodríguez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 17.372 en contra del ciudadano José Luís Herrera, titular de la cedula de identidad Nº 10.761.957. Acompañan al tribunal el abogado de la parte actora Leopoldo Navas Rodríguez ya identificado; también acompañan al tribunal un (01) funcionario de la Coordinación Policial de Torres ciudadano Rudy Jesús Tua Alvarez, titular de la cedula de identidad Nº 13.777.263. Al momento de la constitución del tribunal se encuentra presente en el inmueble el demandado de autos José Luís Herrera Navarro, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.761.957 y a quien se le notifico de la misión del tribunal y expone: “convengo en todas sus partes la demanda en mi contra y para dar por terminado el presente juicio ofrezco cancelar los conceptos demandado de la siguiente manera: 1) La cantidad de ocho mil bolívares (8.000bs) en efectivo en este acto. 2) La cantidad de cinco mil bolívares (5.000 bs) el 24 de Mayo del presente año en el domicilio del acreedor. 3) La cantidad de diecisiete mil bolívares (17.000bs) para ser pagado el 10 de Junio en el domicilio del acreedor. El tribunal deja constancia de la presencia del demandante Antonio Ramón Villegas Verde, ya identificado quien con la asistencia indicada expone: “Acepto el convenimiento de pago ofrecido por la demandada en los términos y condiciones expuestos y me reservo el derecho de continuar con la ejecución de la medida de embargo en caso de incumplimiento. El tribunal vista la exposición de las partes suspende la ejecución de la medida y ordena el regreso a su sede siendo las 01: 00 pm. Es todo término y conformes firman. El Juez (fdo) Ilegible. El demandado (fdo) Ilegible. El demandante (fdo) Ilegible. El funcionario Policial (fdo) Ilegible. El Abogado asistente Leopoldo Navas. La Secretaria (fdo) Ilegible.
ASUNTO: KP12-V-2013-000112