REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Año 202º y 154º
ASUNTO: KP02-L-2013-000247
PARTE DEMANDANTE: RAUL ANTONIO PEREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.584.226
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: PEDRO DANIEL LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 94.918
PARTE DEMANDADA: ASESORES TECNOLOGICOS, C.A. (ASETECA)
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANNELINE PARODI ZUÑIGA, cedula de identidad No. V-25.146.353
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JACQUELINE ROSALIA GUANIPA SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 170.671
MOTIVO: INDEMNIZACION POR ACCIDENTE LABORAL
En horas de despacho del día de hoy 15 de mayo del 2013, siendo las 08:30 a.m., comparecen voluntariamente por la parte demandante el ciudadano RAUL ANTONIO PEREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.584.226 debidamente asistido por el abogado PEDRO DANIEL LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.918 ; por la demandada ASESORES TECNOLOGICOS, C.A. (ASETECA), la ciudadana ANNELINE PARODI ZUÑIGA, titular de la cédula de identidad No. V-25.146.353, en su carácter de Presidenta de la mencionada demandada, carácter este que consta en Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 09 de Enero del 2013, asentada bajo el No. 9, Tomo 2-A 485 la cual fue registrada por ante la Oficina de REGISTRO MERCANTIL TERCERO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, debidamente asistida por la abogada JACQUELINE ROSALIA GUANIPA SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 170.671, dándose por notificadas de la presente demanda, a los fines de manifestar a este despacho su voluntad de renunciar al término procesal de comparecencia a la Instalación de la Audiencia Preliminar.
Vista la renuncia hecha por ambas partes el tribunal basándose en los principios de brevedad, celeridad e inmediatez, establecido en el artículo 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y conforme al artículo 11 ejusdem y por no violentarse ninguna norma de orden público pasa a celebrar la Audiencia Preliminar en el Presente Proceso.
Se da así inicio a la audiencia preliminar. Luego de varias deliberaciones convienen en llegar a un acuerdo amistoso, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual se fija en los siguientes términos:
PRIMERO: Toma la palabra la representación judicial de la demandada quien exponen: A los fines de dar por terminada la presente demanda, mi representada, ofrece cancelarle al ciudadano RAUL ANTONIO PEREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.584.226., la cantidad la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES sin CÉNTIMOS (Bs. 50.000,00) como pago total de lo reclamado de ser aceptado se cancelara en este acto mediante cheque signado 32746330 del Banco Mercantil de fecha 14-05-2013 a nombre del extrabajador.
SEGUNDO: Toma la palabra la parte demandante y su asistencia, quien expone: Acepto el ofrecimiento realizado por el demandado, mediante su representante legal y a su vez manifiesta que con la aceptación y recibimiento de dicho monto, ya nada le adeuda por conceptos de Indemnización por Accidente Laboral y salarios caídos a mi representado, por lo cual nada tienen que reclamar por ningún concepto laboral derivado de la relación de trabajo que les unió.
TERCERO: La falta de fondo del cheque entregado en este acto, dará derecho a la parte actora a solicitar la ejecución de esta acta de mediación más las costas respectivas de ejecución.
Este Tribunal, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Ordenando que se archive el expediente en su momento oportuno.
Abg. José Tomas Álvarez Mendoza
Juez
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Secretaria
La Parte Demandante La Parte Demandada
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