En horas de despacho del día de hoy, NUEVE (09) de MAYO de dos mil Trece (2013), siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble ubicado en la Avenida Principal, Urbanización Los Caobos, Galpón 37, Municipio Valencia del Estado Carabobo, donde funciona la venta de vehículos usados INV. LABINA, C.A., en compañía de la Abogada MARIA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.836, en su carácter de Endosataria en Procuración de la ciudadana ONEIDA CAROLINA RUMBOS PARRA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.722.243, a fin de practicar la medida de Embargo Preventivo decretada por el comitente. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión policial (2 funcionarios) a cargo de la Oficial Agregado Milagros Morillo, Placa N° 3781. Presente el ciudadano EDREI ENRIQUE PEREZA FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 7.139.919, a quien en su carácter de Director de INV. LABINA, C.A., se le notificó de la misión a realizar. Interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal se sirva designar a la Depositaria Judicial Venezuela, C.A., y Perito Avaluador. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente designa a la Depositaria Judicial Venezuela, C.A. representada en este acto por JORGE LUIS D´ LIMA y como Perito Avaluador a JESUS GARCIA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.133.506 Y 5.480.302, respectivamente, quienes estando presente aceptan el cargo y prestan el juramento de Ley. Interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal requiera del notificado si el vehículo Marca: CHEVROLET, Modelo: GRAND VITARA, Tipo: SPORT-WAGON, Uso: PARTICULAR; Año: 2008; Serial Motor: 98V305874, Serial Carrocería: 8ZNCB13C98V305874, Placa: BCC93R; Color: BEIGE, que se encuentra en este lugar es propiedad de la demandada XIOMARA ORELLA OJEDA MUÑOZ. El Tribunal requiere del notificado la información solicitada por la parte actora. El notificado pone a la vista del Tribunal copia simple de Certificado de Origen, donde aparece el vehículo mencionado por la parte actora a nombre de la demandada. En este estado interviene la parte actora y expone: Señalo al Tribunal para ser embargado preventivamente previo avalúo del perito designado, el siguiente vehículo: Marca: CHEVROLET, Modelo: GRAND VITARA, Tipo: SPORT-WAGON, Uso: PARTICULAR; Año: 2008; Serial Motor: 98V305874, Serial Carrocería: 8ZNCB13C98V305874, Placa: BCC93R; Color: BEIGE, que le pertenece a la demandada XIOMARA MORELLA OJEDA MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.081.452, según Certificado de Registro de Vehículo N° 26357671, expedido por el Ministerio de Infraestructura Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, el cual consigno en copia simple para que sea agregada a los autos. El Tribunal agrega la copia simple consignada por la parte actora. Interviene el Perito Avaluador y expone: Avalúo el Vehículo señalado por la parte actora para ser EMBARGADO PREVENTIVAMENTE en la cantidad de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 229.687,42), el cual tiene las siguientes características: Pintura rayada en las puertas y guardafangos delantero y trasero de ambos lados, abolladura en el guardafangos delantero izquierdo, antena rota, parachoque trasero pelado, estribo y borde rayado, 4 cauchos en regular estado, parabrisa delantero roto, caucho de repuesto bastante usado, compuerta trasera golpeada, tapicería en aparente buen estado, tiene sus alfombras, gato, llave y triangulo de seguridad usados, una plata de sonido marca Targa, modelo TSP-4600, Serial HT011090227, tapa de la compuerta rayada, equipo de cd original. Se desconoce el estado de funcionamiento de partes eléctricas y mecánicas y vicios ocultos. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el vehículo Marca: CHEVROLET, Modelo: GRAND VITARA, Tipo: SPORT-WAGON, Uso: PARTICULAR; Año: 2008; Serial Motor: 98V305874, Serial Carrocería: 8ZNCB13C98V305874, Placa: BCC93R; Color: BEIGE, que le pertenece a la demandada XIOMARA MORELLA OJEDA MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.081.452, según Certificado de Registro de Vehículo N° 26357671, expedido por el Ministerio de Infraestructura Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 229.687,42) y hace entrega del vehículo a la Depositaria Judicial designada para su guarda y custodia, quien procede al traslado del mismo a la sede de la Depositaria Venezuela, C.A., ubicada en la Calle 31, 105-61, Barrio Impacto, Valencia Estado Carabobo, en una grúa de plataforma Placa: A84BTTG. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Es todo. Siendo las 11:00 de mañana, el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA,
DRA. NINOSHKA ZAVALA
LA PARTE DEMANDANTE,
EL NOTIFICADO,
EL DEPOSITARIO,
EL PERITO,
LA FUNCIONARIA POLICIAL,
LA SECRETARIA,
ABG. ZORKA CARBONELL
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