JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

SOLICITANTE (S): MAYULI DEL SOCORRO SEIJAS ZORRILLA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.373, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JANE MIRIAN LAMAS TOPPIN, GERALDINE MARGARITA LAMAS TOPPIN Y ILICH TOPPIN LAMAS las dos primeras venezolanas, el tercero italiano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-7.083.461, V-7.376.456 y A03898978, respectivamente; junto a la ciudadana IVANNA LAMAS ESTRAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-23.411.944.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES.
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 6249.
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 13 de Marzo de 2013, por la abogada en ejercicio MAYULY DEL SOCORRO SEIJAS ZORRILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-7.186.348, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.: 31.373, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JANE MIRIAN LAMAS TOPPIN, GERALDINE MARGARITA LAMAS TOPPIN y ILICH TOPPIN LAMAS, las dos primeras venezolanas, el tercero italiano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-7.083.461, V-7.376.456 y A038989781, respectivamente, en la cual solicita, sean declarados sus representados ya identificados, junto a la ciudadana IVANNA LAMAS ESTRAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.: V-23.411.944, en sus condiciones de hijos y nieta respectivamente sobrevivientes como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de cujus, ciudadano IVAN YLICH LAMAS SANOJA , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.208.926, quien falleció ab-intestato, en fecha 01-01-2012, según se desprende de acta N°: 1, Tomo I, Año 2012, del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia, Estado Carabobo. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos, AUBRA MARGARITA LESNIAK SACHEZ Y CONSUELO COROMOTO SEIJAS ZORRILLA ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-12.774.657 y V-11.161.546 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de ““UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos JANE MIRIAN LAMAS TOPPIN, GERALDINE MARGARITA LAMAS TOPPIN, ILICH TOPPIN LAMAS e IVANNA LAMAS ESTRAÑO, ut supra identificados, en la cual solicita sean declarados como “UNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de hijos y nieta respectivamente sobrevivientes del de cujus, ciudadano IVAN YLICH LAMAS SANOJA , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.208.926, quien falleció ab-intestato, en fecha 01-01-2012, según se desprende de acta N°: 1, Tomo I, Año 2012, del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los tres (03) día del mes de Mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez suplente Especial


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

La Secretaria Titular


ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:00 de la mañana.-
La Secretaria Titular,
JGRG/nrc.-