JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SOLICITANTE (S): SAUL PÉREZ MARTINEZ, RAMON ELIAS PÉREZ MARTINEZ, ROGELIO PÉREZ MARTÍNEZ Y ROBERTO PEREZ MARTINEZ (Difunto), todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-4.453.111, V-4.137.150, V-4.458.675 y 3.494.408, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JOSÉ RAFAEL ARENDS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.: 171.614.-
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES.
(PERPETUA MEMORIA)
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 6248.
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 13 de Marzo de 2013, por los ciudadanos SAUL PÉREZ MARTINEZ, RAMON ELIAS PÉREZ MARTINEZ, ROGELIO PÉREZ MARTÍNEZ y ROBERTO PEREZ MARTINEZ (Difunto), todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-4.453.111, V-4.137.150, V-4.458.675 y V-3.494.408, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JOSÉ RAFAEL ARENDS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.: 171.614, en la cual solicita, sean declarados, en sus condiciones de tíos, como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la de cujus, ciudadana MARIA DE LOS ANGELES VENCES PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.786.236, quien falleció ab-intestato, en fecha 28-11-2012, según consta en acta de defunción No.: 1708, Tomo VII, Año 2012, del Registro Civil del Municipio Naguanagua, Estado Carabobo. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos, ALIDA TERESA BONDI GARCIA y THAIS CARIDAD DUBII BONDI, ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-4.388.895 y V-17.031.316 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de ““UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos SAUL PÉREZ MARTINEZ, RAMON ELIAS PÉREZ MARTINEZ, ROGELIO PÉREZ MARTÍNEZ y ROBERTO PEREZ MARTINEZ (Difunto), ut supra identificados, como “UNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de tíos respectivamente de la de cujus, ciudadana MARIA DE LOS ANGELES VENCES PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.786.236, quien falleció ab-intestato, en fecha 28-11-2012, según consta en acta de defunción No.: 1708, Tomo VII, Año 2012, del Registro Civil del Municipio Naguanagua, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los SIETE (07) día del mes de Mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez suplente Especial
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular
ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:30 de la mañana.-
La Secretaria Titular,
JGRG/nrc.-
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