JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SOLICITANTE (S): CRISTINA JULIETA DEGWITZ DE SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-394.338, de este domicilio, actuando en su carácter de miembro integrante de la SUCESION DE JOSE LUIS SOSA MICHELENA, debidamente asistida por el abogado BERNARDO YANES MONTEVERDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.: 5.850.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES.
(PERPETUA MEMORIA)
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 6257.
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 18 de Marzo de 2013, por la ciudadana CRISTINA JULIETA DEGWITZ DE SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-394.338, de este domicilio, actuando en su carácter de miembro integrante de la SUCESION DE JOSE LUIS SOSA MICHELENA, debidamente asistida por el abogado BERNARDO YANES MONTEVERDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.: 5.850, en la cual solicita, sean declarados los ciudadanos CRISTINA JULIETA SOSA DEGWITZ DE ROVERSI, JOSE LUIS SOSA DEGWITZ, MARIA MARGARITA SOSA DEGWITZ DE ALCALA y MARIA GABRIELA SOSA DEGWITZ DE BETANCOURT, todos venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-4.456.922, V-4.867.800, V-4.867.801 y V-7.079.594, respectivamente, en sus condiciones de cónyuge e hijos sobrevivientes como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de cujus, ciudadano JOSE LUIS SOSA MICHELENA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-282.082, quien falleció ab-intestato, en fecha 17-05-2012, según se desprende de acta N°:368, Tomo II, Año 2012, del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia, Estado Carabobo. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos, PABLO GERMAN MARQUEZ MORANTES y JULIO ALBERTO FIGUEROA RODIGUEZ ambas venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-19.479.990 y V-15.898.932 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de ““UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos CRISTINA JULIETA DEGWITZ DE SOSA, CRISTINA JULIETA SOSA DEGWITZ DE ROVERSI, JOSE LUIS SOSA DEGWITZ, MARIA MARGARITA SOSA DEGWITZ DE ALCALÁ, MARIA GABRIELA SOSA DEGWITZ DE BETANCOURT, ut supra identificados, como “UNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de cónyuge e hijos respectivamente sobrevivientes del de cujus, ciudadano JOSE LUIS SOSA MICHELENA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-282.082, quien falleció ab-intestato, en fecha 17-05-2012, según se desprende de acta N°:368, Tomo II, Año 2012, del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los SIETE (07) día del mes de Mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez suplente Especial
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular
ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:00 de la mañana.-
La Secretaria Titular,
JGRG/nrc.-
|