REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, veintisiete (27) de noviembre de dos mil trece (2013), siendo las nueve de la mañana (9:00am), constituido como se encuentra este Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, se traslada al Centro Comercial La Martucha, situado en la avenida Blandín de la Urbanización La Castellana, Municipio Chacao del Estado Miranda, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, Anibal Lairet Vidal, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 19.882, a fin de llevar a cabo la práctica de la medida de entrega material decretada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de cumplimiento de contrato incoado por la sociedad mercantil Inversiones Solothum, C.A. y la sociedad mercantil Administradora Grupill, C.A. contra el ciudadano Tiubar Alexander Campos Romero. Para el caso de requerirse se designa a la Depositaria Judicial La Consolidada, C.A., representada por el ciudadano Argenis Rivas, titular de la cédula de identidad Nº V-4.081.609 y Alí José Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-4.774.760, como perito avaluador, quienes aceptaron los cargos y juraron cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes a dicha designación. Una vez en el local signado con la letra “A”, la Juez procede a dar los toques de Ley y por cuanto no es atendido el llamado efectuado, acuerda designar un cerrajero, cargo éste que recayó sobre el ciudadano Robert Guilarte, titular de la cédula de identidad Nº V-10.823.384, quien juró cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes a dicha designación. Aperturadas las puertas del local, se observa que se encuentra totalmente libre de personas. Pero se encuentra algunos bienes, en consecuencia, la Juez ordena al perito avaluador designado, proceda a realizar el inventario respectivo. Acto seguido, el perito avaluador ciudadano Alí José Peláez, expone: Informo a la Juez que en el inmueble se encuentran los siguientes bienes: 1) Una (01) moto, modelo vespa, color verde, con su maleta, marca: Bajal, sin seriales de carrocería y motor, sin placa de circulación y en regular estado de conservación, se desconoce funcionamiento de motor y caja, 2) Una (01) estructura en metal de color gris, con tres sientos (Tipo Sofá), en mal estado; bienes a los cuales les estimo un valor prudencial de mil bolívares (Bs. 1.000,ºº). Es todo”. La Juez ordena constituir depósito judicial necesario sobre los bienes encontrados y los pone en posesión de la Depositaria Judicial La Candelaria, C.A. en la persona de su apoderado, ciudadano Argenis Rivas, quien estando presente declara recibirlos conforme. La Juez Ejecutora dando cumplimiento a su misión, procede a hacer la entrega material del siguiente inmueble: “…local identificado con la letra “A”, ubicado en el Centro Comercial La Martucha, situado en la avenida Blandin, de la Urbanización La Castellana, Municipio Chacao del estado Miranda…”. Y lo pone en posesión de la parte actora, en la persona de apoderado judicial, abogado Anibal Lairet, quien de seguidas expone: “Declaro en este acto recibir conforme el inmueble que se me entrega. En cuanto a la medida embargo ejecutivo igualmente decretada, me abstengo de llevarla a cabo. Es todo”. Cumplida como ha sido la misión, se ordena el retiro del Tribunal a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 10:00 am.
La Juez,
Caribay Gauna.
El apoderado judicial de la parte actora,
Abg. Anibal Lairet.
Por la Depositaria Judicial La Consolidada, C.A.
Argenis Rivas.
El perito avaluador,
Alí José Peláez.
El cerrajero,
Robert Guilarte.
La Secretaria,
Dubraska Ibarreto.
Expediente Nº 3443-13 (Interno)
Expediente Nº AO31-V-2012-001440 (Causa).