REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 27 DE NOVIEMBRE DE 2013.-
Años 203° Y 154°

Vista la decisión proferida por este Tribunal en fecha 15 de noviembre del presente año, en la cual se ordenó Oficiar al Registro de la oficina de Registro Publico de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda. Este Tribunal ordena librar el correspondiente oficio. Libreses
EL JUEZ,

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES




EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA.



VGJ/RM/kl
Exp: AP71-R-2013-000513










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, 27 DE NOVIEMBRE DE 2013
AÑOS 203° Y 154°

OFICIO Nº 2013-A-
CIUDADANO:
REGISTRADOR DE LA OFICINA DE REGISTRO PUBLICO DE LOS MUNICIPIOS URDANETA Y CRISTABAL ROJAS DEL ESTADO MIRANDA.
DESPACHO:


Me dirijo a usted con el motivo que informarle que este Juzgado Superior, dictó sentencia en fecha 15 de noviembre del 2013, limitando la Medida de Prohibición y Enajenar y Gravar, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08 de febrero del 2013, en el Juicio que por Daños y Perjuicios, sigue los ciudadanos Edgar Gregorio Laya y Otros, contra Consorcio Exmarca, en un treinta (30%) por cientos de los derechos de propiedad que tiene la parte demandada Consorcio Exmarca-Desina, C.A, en el bien inmueble constituido por un lote de terreno ubicado en la carretera Charallave – Cúa, en jurisdicción del Municipio Rafael Urdaneta del Estado Miranda, lote de terreno identificado como LOTE UNO (1), el cual formó parte de un terreno de mayor extensión propiedad de Inversiones Diaz, Ramella Diraca, C.A., sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil de la circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 17 de Mayo de 1999, bajo el Nro. 26, tomo 92-A-Pro. El referido LOTE UNO (1), tiene una extensión de NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS DECIMETROS CUADRADOS (93.732, 22 Mts2) y sus linderos son los siguientes: NOR-OESTE: (OESTE) colinda en una línea quebrada con terrenos que son o fueron de la sucesión de Manuel Guillermo Díaz, desde el punto 106, coordenadas Norte 1128432,41, Este 731.543,36 hasta el punto X-16 coordenada Norte 1.128.987,59, Este 731.543, 13 con una distancia total entre esos dos puntos de 613.70 ml. Y en su trayecto pasa por los puntos 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113; NORTE: colinda en una línea quebrada con el Lote 2, del Terreno Altos de San Antonio, desde el punto X-16 coordenada Norte 1.128.987,59, Este 731.543, 13, hasta el punto A-110C coordenada Norte 1.128.985, 13, Este 731.623,82 con una distancia de trayectoria de la línea de 271,71 ml pasando por los puntos X-15, X-14, X-13, X-12, X-11, X-10, X-9, X-8, X-7, X-6, X-5, X-4, X-3, X-2, X-1, A-110B, NOR-ESTE: COLINDA CON LA urbanización las Mesetas desde el punto AC110-C, coordenadas Norte 1.128.985, 13, Este 731.623,82 hasta el punto CEIBA coordenadas Norte 1.128.617, 23, Este 731.742, 00 en una línea quebrada con longitud de 523.37 ml, pasando por los puntos LIND-A-14, REF-BOT y; SUR-ESTE: colinda con una línea quebrada con los terrenos que son o fueron del conjunto Residencial La Rosa, desde el punto CEIBA coordenadas Norte 1.128.617, 23, Este 731.742, 00 hasta el punto 106 Coordenadas Norte 1.128.432,41, Este 731.543,36 con una distancia de trayectoria de línea de 289,13 ml, pasando por los puntos A-106E1, A-106D1, A-106-C1, PF-2. Que es de su propiedad según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico de los Municipios Urdanetas y Cristabal Rojas del Estado Miranda, en fecha 17 de diciembre de 2008, quedando anotado bajo el Nº 2008.1083, Asiento Registral 1, del documento matriculado con el Nº 236.13.10.1.526.

Remisión que se le hace a usted, a los fines legales consiguientes
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

VGJ/RM/kl
Exp: AP71-R-2013-000513