REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
-I-
SOLICITANTES: MARIA ESTHER GARCIA HERNANDEZ y FRANCISCA NILDA GARCIA DE LINGSTUYL, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-2.095.498 y V-2.067.690, respectivamente.
ABOGADA APODERADA: CLARA LUISA BAQUERO HERNANDEZ, venezolana, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 150.754.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN.
EXPEDIENTE Nº: AP31-S-2013-06523
Sentencia Definitiva
Visto el escrito presentado por la abogada CLARA LUISA BAQUERO HERNANDEZ, antes señalada, en su carácter de Apoderada Judicial de las ciudadanas MARIA ESTHER GARCIA HERNANDEZ y FRANCISCA NILDA GARCIA DE LINGSTUYL, antes identificadas, por medio de la cual solicita la Rectificación del Acta de Defunción Nº 55 de la de cujus CARMEN HERNANDEZ DE GARCIA, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta del año 1956, inserta en el Libro de Defunciones llevado por ante esa autoridad civil, cursante a las actas, pues, alega la solicitante que se cometió un error involuntario al transcribir los nombre de los descendientes, colocándose ESTHER siendo lo correcto “MARIA ESTHER” y NILDA siendo lo correcto “FRANCISCA NILDA”.
Por auto de fecha 29 de julio de 2013, el Tribunal admitió la solicitud y ordenó notificar al Fiscal del ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en un diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas pudiesen ver afectados sus derechos para que se hicieran presentes en este procedimiento. Ese mismo día se libró el cartel de emplazamiento.
En fecha 08 de agosto de 2013, comparecieron las ciudadanas MORAIMA ALEJANDRINA MARCANO PALMA y MILAGROS HERNANDEZ DE SOSA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.314.171 y V-4.057.265, respectivamente, y declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción.
Compareció en 9 de agosto de 2013, la abogada CLARA LUISA BAQUERO HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 150.754, y retiró el cartel a los fines de su publicación.
Mediante nota de Secretaría de fecha 1 de octubre de 2013, se dejó constancia que se libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 1º de octubre de 2013, compareció la abogada CLARA LUISA BAQUERO HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 150.754, consignó la publicación del cartel de emplazamiento en el diario Últimas Noticias.
En fecha 14 de octubre de 2013, mediante el ciudadano MIGUEL VILLA, Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de este circuito sede, consignó la boleta de notificación firmada y sellada por la Fiscalía.
En fecha 31 de octubre de 2013, compareció el abogado TOMAS ENRIQUE GUITE ANDRADE, Fiscal Nonagésimo Tercero del Ministerio Público, señalando que nada tiene que objetar en la presente solicitud.
Encontrándose este Tribunal, en la oportunidad para dictar su decisión, pasa a hacerlo bajo las siguientes consideraciones:
Para probar lo alegado, la solicitante consignó a los autos:
Copia certificada del Acta de Defunción Nº 55, de la causante CARMEN HERNANDEZ DE GARCIA, Acta del año 1956, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual se desprenden claramente los errores manifestados por las solicitantes. Instrumento éste al que de conformidad con lo previsto en el artículo 1384 del Código Civil, se le otorga pleno valor probatorio. Así se declara.
Copia certificada de la Inserción de Acta de Nacimiento Nº 09, de fecha 7 de febrero de 2012, correspondiente a la ciudadana MARIA ESTHER GARCIA HERNANDEZ, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital. Instrumento éste al que de conformidad con lo previsto en el artículo 1384 del Código Civil, se le otorga pleno valor probatorio. Así se declara.
Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 579, de fecha 18 de octubre de 1940, correspondiente a la ciudadana FRANCISCA NILDA GARCIA DE LINGSTUYL, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital. Instrumento éste al que de conformidad con lo previsto en el artículo 1384 del Código Civil, se le otorga pleno valor probatorio. Así se declara.
Asimismo consignaron copias de las cédulas de identidad tanto de la causante MARIA ESTHER GARCIA HERNANDEZ y FRANCISCA NILDA GARCIA DE LINGSTUYL.
-II-
Analizadas las alegaciones formuladas por las solicitantes así como las pruebas aportadas al procedimiento, el Tribunal para decidir observa que la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION Nº 55, debe prosperar en derecho y al efecto deberá ordenarse que el Acta en la cual se incurrió en errores materiales, sea modificada en cuanto a las omisiones y errores correspondientes a algunos datos en cuanto a dos de los descendientes de la de cujus, donde dice “ESTHER y NILDA” debe decir: “MARIA ESTHER y FRANCISCA NILDA”. Así se decide.
-III-
Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; CON LUGAR la Rectificación del Acta de Defunción Nº 55 del libro de Registro Civil de Defunciones llevado por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, del año 1956, correspondiente a la ciudadana CARMEN HERNANDEZ DE GARCIA. En consecuencia, en cuanto a dos de los descendientes de la de cujus, donde dice “ESTHER y NILDA” debe decir: “MARIA ESTHER y FRANCISCA NILDA”.
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas junto con copias certificadas de la presente decisión. Líbrense oficio.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, veinte (20) de noviembre de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ,
MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA
LA SECRETARIA,
ARELIS FALCON
En esta misma fecha siendo las ___________, se publicó y registró la presente decisión.
LA SECRETARIA,
ARELIS FALCON
Exp. AP31-S-2013-006523
MCGH/AF/Andreina
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