REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, VEINTIUNO (21) DE NOVIEMBRE DE 2013
203º Y 154º

ASUNTO: KP02-S-2013-008288

Vista la Solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, formulado por el ciudadano LEONEL DE JESÚS CABANERIO CAMPINS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: 16.138.570, debidamente asistido por el abogado MIGUEL ANGEL ÁLVAREZ SOTO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº: 92.444, en contra del ciudadano JESÚS ANTONIO PERDOMO PIÑA, venezolano, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: 5.241.118. Este Tribunal por cuanto observa que ha transcurrido íntegramente el lapso establecido por auto de fecha 14 de noviembre del presente año, sin que el Solicitante haya consignado la documentación requerida, de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara INADMISIBLE la presente Solicitud. Así se decide.

El Juez,

(FDO)
Abg. Alonso E. Barrios A.
La Secretaria,

(FDO)
Abg. Ninfa M. Hernández M.

AEBA/NMHM/mcg.-