REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

CARACAS, ( ) DE DE 2013
203° Y 154°

En fecha 10 de diciembre de 2004, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº 04-1303 de fecha 20 de septiembre de 2004, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el Abogado Ronald González Guerra, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 102.777 actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MAIRA JOSEFINA NÚÑEZ contra la CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA.

Dicha remisión se efectuó en virtud de haberse oído en ambos efectos en fecha 20 de septiembre de 2004, el recurso de apelación ejercido en fecha 29 de junio de 2004, por el Abogado Ronald González Guerra, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado Superior en fecha 14 de junio de 2004, que declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.

En fecha 11 de enero de 2005, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa; se ordenó la notificación de las partes y se fijaron los lapsos para la reanudación de la causa.

En fechas 19 de enero y 22 de febrero de 2005, se recibieron en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, las diligencias suscritas por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante las cuales se dio por notificado y solicitó se notificara a la parte querellada a los fines de la continuación de la causa.

En fecha 18 de marzo de 2005, se reconstituyó esta Corte, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Trina Omaira Zurita, Presidenta; Oscar Enrique Piñate Espidel, Vicepresidente y Rafael Ortiz-Ortiz, Juez.

En fechas 4 de mayo y 11 de mayo de 2005, se recibieron en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, las diligencias suscritas por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante las cuales solicitó se notificara a la parte querellada a los fines de la continuación de la causa.

En fecha 31 de mayo de 2005, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa.
En esa misma fecha, se ordenó comisionar al Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, a los fines de practicar la notificación de los ciudadanos Contralor del Municipio Plaza del estado Miranda y Síndico Procurador del Municipio Plaza del estado Miranda. Igualmente, se libraron los oficios correspondientes.

En fecha 13 de julio de 2005, el Alguacil de esta Corte consignó constancia de haber remitido el oficio Nº 2005-2442, dirigido al ciudadano Juez del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en fecha 4 de julio de 2005.

En fecha 21 de septiembre de 2005, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº 2005-473 de fecha 3 de agosto de 2005, remitido por el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, mediante el cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 31 de mayo de 2005.

En fecha 27 de septiembre de 2005, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba; ordenó agregar a las actas del expediente el oficio Nº 2005-473 de fecha 3 de agosto de 2003, emanado del Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, adjunto al cual remitió las resultas de la comisión librada, en fecha 31 de mayo de 2005.

En esa misma fecha, se dio cuenta a la Corte.

En fecha 19 de octubre de 2005, se reconstituyó esta Corte, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Javier Sánchez Rodríguez, Presidente; Aymara Vilchez Sevilla, Vicepresidenta y Neguyen Torres López, Jueza.

En fecha 24 de enero de 2006, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual solicitó el abocamiento en la presente causa y se libren carteles de notificación.

En fecha 31 de octubre de 2006, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual señaló domicilio procesal.

En fecha 23 de enero de 2007, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual solicitó se fijara el inicio de la relación de la causa y el lapso para la fundamentación de la apelación.

En fecha 31 de enero de 2007, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba y ordenó notificar a las partes para la reanudación de la causa.

En esa misma fecha, se libraron la boleta de notificación y los oficios correspondientes.

En fecha 22 de marzo de 2007, el Alguacil de esta Corte consignó los oficios de notificación dirigidos a los ciudadanos Contralor del Municipio Plaza del estado Miranda y Síndico Procurador del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, recibidos en fecha 15 de marzo de 2007.

En fecha 11 de abril de 2007, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual se dio por notificado del auto de fecha 31 de enero de 2007 y solicitó se fijara el inicio de la relación de la causa y el lapso para la formalización de la apelación.

En fecha 17 de abril de 2007, se designó Ponente a la Juez Neguyen Torres López; se inició la relación de la causa y se fijó el lapso para la fundamentación de la apelación.

En fecha 25 de abril de 2007, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual consignó escrito de fundamentación de la apelación.

En fecha 18 de mayo de 2007, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Jorge Crespo, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante la cual consignó escrito de contestación a la fundamentación de la apelación.

En fecha 22 de mayo de 2007, se abrió el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas.

En fecha 24 de mayo de 2007, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual consignó escrito de contrarréplica.

En fecha 30 de mayo de 2007, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual consignó escrito de promoción de pruebas.

En esa misma fecha, venció el lapso para la promoción de pruebas.

En fecha 31 de mayo de 2007, se acordó agregar a los autos el escrito de promoción de pruebas consignado por la Representación Judicial de la parte querellante y se declaró abierto el lapso de tres (3) días de despacho para la oposición a las pruebas promovidas.

En fecha 5 de junio de 2007, se ordenó pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines legales consiguientes.

En esa misma fecha, se cumplió lo ordenado.
En fecha 20 de junio de 2007, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte admitió las pruebas promovidas y ordenó la notificación de la ciudadana Procuradora General de la República y de los ciudadanos Alcalde y Síndico Procurador del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda.

En fecha 7 de agosto de 2007, el Alguacil del Juzgado de Sustanciación consignó constancia de haber practicado la notificación dirigida a la ciudadana Procuradora General de la República, en fecha 3 de agosto de 2007.

En fecha 14 de agosto de 2007, el Alguacil del Juzgado de Sustanciación consignó oficio de notificación dirigido al ciudadano Síndico Procurador del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, recibido en fecha 10 de agosto de 2007.

En fecha 25 de septiembre de 2007, el Alguacil del Juzgado de Sustanciación consignó oficio de notificación dirigido al ciudadano Alcalde del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, recibido en fecha 24 de septiembre de 2007.

En fecha 17 de octubre de 2007, el Juzgado de Sustanciación ordenó remitir el expediente a esta Corte. En esa misma fecha, se cumplió lo ordenado.

En fecha 18 de octubre de 2007, se recibió en la Secretaría de esta Corte, el expediente de la causa remitido por el Juzgado de Sustanciación.

En fecha 22 de octubre de 2007, se fijó para el día 17 de diciembre de 2007, la celebración de la Audiencia de Informes en la presente causa.

En fecha 13 de diciembre de 2007, se difirió la oportunidad para la celebración de la audiencia.
En fecha 18 de septiembre de 2008, se reconstituyó esta Corte, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Andrés Eloy Brito, Presidente; Enrique Sánchez, Vicepresidente y María Eugenia Mata, Jueza.

En fecha 17 de febrero de 2009, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellante, mediante la cual solicitó abocamiento en la presente causa y se librara oficio de notificación a la parte recurrida.

En fecha 5 de marzo de 2009, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba y se ordenó notificar a las partes, a los fines de la reanudación de la causa.

En esa misma fecha, se libraron los oficios de notificación correspondientes.

En fecha 18 de marzo de 2009, el Alguacil de esta Corte consignó el oficio de notificación dirigido al ciudadano Síndico Procurador del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, recibido en fecha 13 de marzo de 2009.

En fecha 6 de abril de 2009, el Alguacil de esta Corte consignó el oficio de notificación dirigido al ciudadano Contralor del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, recibido en fecha 3 de abril de 2009.

En fecha 23 de abril de 2009, se reasignó la Ponencia al Juez Andrés Eloy Brito y se difirió la oportunidad para la fijación de los informes orales.

En fecha 13 de mayo de 2009, se fijó para el día 9 de junio de 2009, la oportunidad para la celebración de la audiencia de informes.

En fecha 9 de junio de 2009, se dejó constancia de la celebración de la audiencia oral de informes, así como de la comparecencia de la parte querellada y de la consignación de escrito de informes.

En fecha 10 de junio de 2009, se dijo “Vistos” y se ordenó pasar el expediente al Juez Ponente Andrés Eloy Brito, a los fines que la Corte dictara la decisión correspondiente.

En fecha 11 de junio de 2009, se pasó el expediente al Juez Ponente.

En fecha 20 de enero de 2010, se reconstituyó esta Corte, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Enrique Sánchez, Presidente; Efrén Navarro, Vicepresidente y María Eugenia Mata, Jueza.

En fecha 8 de abril de 2010, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado José Luis Sarmiento, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 51.825, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante la cual solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 13 de abril de 2010, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba.

En fecha 21 de abril de 2010, se reasignó la ponencia al Juez EFRÉN NAVARRO, a quien se ordenó pasar el expediente, a los fines que la Corte dictara la decisión correspondiente.

En esa misma fecha, se pasó el expediente al Juez Ponente.

En fechas 23 de septiembre de 2010, 3 de febrero, 10 de mayo y 11 de agosto de 2011, se recibieron en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, las diligencias suscritas por el Abogado José Luis Sarmiento, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante las cuales solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 4 de octubre de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por la ciudadana Maira Nuñez, actuando con el carácter de querellante, debidamente asistida por el Abogado Ronald González, mediante la cual solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 14 de diciembre de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado José Luis Sarmiento, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante la cual solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 23 de enero de 2012, en virtud de la incorporación de la Juez MARISOL MARÍN R., fue reconstituida esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: EFRÉN NAVARRO, Juez Presidente; MARÍA EUGENIA MATA, Juez Vicepresidente y MARISOL MARÍN R., Juez.

En fecha 5 de marzo de 2012, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba.

En fecha 12 de abril de 2012, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado José Luis Sarmiento, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante la cual solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 3 de mayo y 18 de julio de 2012, se recibieron en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, las diligencias suscritas por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte querellante, mediante las cuales solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fechas 14 de agosto y 29 de noviembre de 2012, se recibieron en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, las diligencias suscritas por el Abogado José Luis Sarmiento, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante las cuales solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 17 de enero de 2013, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte querellante, mediante la cual solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 23 de enero de 2013, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado José Luis Sarmiento, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante la cual solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 4 de abril de 2013, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Ronald González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte querellante, mediante la cual solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

En fechas 23 de abril y 5 de agosto de 2013, se recibieron en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, las diligencias suscritas por el Abogado José Luis Sarmiento, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la querellada, mediante las cuales solicitó se dictara sentencia en la presente causa.

Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a decidir previa las siguientes consideraciones:

Realizado el estudio del expediente, se pasa a decidir previa las siguientes consideraciones:


ÚNICO

En primer término aprecia esta Corte que la presente causa versa sobre el recurso de apelación ejercido en fecha 29 de junio de 2004, por el Abogado Ronald González Guerra, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Maira Josefina Núñez, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 14 de junio de 2004, mediante la cual se declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la referida ciudadana contra la Contraloría del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del estado Miranda.

De la revisión de las actas que conforman el expediente, advierte esta Corte que riela al folio diecisiete (17) del expediente judicial de la presente causa, informe médico del cual se desprende el presunto estado de gravidez en que se encontraba la ciudadana Maira Josefina Núñez, señalándose como fecha probable de parto para el 1º de abril de 2004.

Ello así, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a los fines del mejor esclarecimiento de los hechos con el objeto de formar un criterio claro y definido en la presente causa apegado a los principios de equidad y justicia que rigen el sistema judicial, y con fundamento en lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ORDENA remitir comunicación al Abogado Ronald González Guerra, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Maira Josefina Núñez, a los fines que remita a esta Corte en el lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la notificación del presente auto, copia certificada de la partida de nacimiento de la niña o niño, presuntamente nacido con posterioridad a la Resolución signada con el Nº C.M.P. 046-2003, de fecha 11 de noviembre de 2003, mediante la cual la Contraloría del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del estado Miranda, decidió destituir a la ciudadana querellante.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia. Cúmplase lo ordenado. Líbrese oficio.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los _____________ ( ) días del mes de __________________de dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

El Juez Presidente,



EFRÉN NAVARRO
Ponente

La Juez Vicepresidente,



MARÍA EUGENIA MATA


La Juez,



MARISOL MARÍN R.


El Secretario,



IVÁN HIDALGO

Exp. N° AP42-R-2004-001028
EN/
En Fecha________________________ ( ) de __________________________________ de dos mil trece (2013), siendo la (s) _________________ de la ___________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ___________________.



El Secretario,